Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Consulta sobre método de ponderación de ofertas económicas en documentos tipo de licitación pública
P20210303001745 · 3 de marzo de 2021Contratación estataldocumentos tiposecop iidesencriptación de sobres económicosmétodo de ponderacióntrmcontratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Consulta sobre método de ponderación de ofertas económicas en documentos tipo de licitación pública |
|---|---|
| Resumen | El documento conceptúa sobre el método de ponderación de la oferta económica en los procesos de licitación pública de obra pública de infraestructura de transporte y agua potable y saneamiento básico adelantados en la plataforma SECOP II. Fija la posición de que la TRM aplicable para definir el método de ponderación será la que rija el día hábil siguiente al momento en que la entidad oprima el botón «Abrir sobres» en la plataforma, independientemente de la demora en la desencriptación de las ofertas económicas. Establece como condición que la apertura de los sobres económicos debe finalizar antes de las 3:00 p.m. del mismo día, garantizando así que la entidad no conozca la TRM que regirá al día siguiente, lo que preserva el principio de transparencia. Además, precisa que en casos excepcionales donde la desencriptación supere las 3:00 p.m. o se extienda por más de un día, se mantendrá la TRM del día hábil siguiente al de la apertura inicial, sin alterar el contenido de las ofertas económicas. |
| Problema jurídico | Determinación de la TRM aplicable para definir el método de ponderación de ofertas económicas cuando la desencriptación del sobre económico se demora más de un día o supera las 3:00 p.m. |
| Fragmentos citables | En los casos en que la desencriptada de la oferta económica se demora más de un día o, cuando supera la hora de las 3:00 p.m., la entidad aplicará la TRM del día hábil siguiente en que haga clic en el botón «Abrir sobres». Es importante señalar que, al ser la plataforma del SECOP II transaccional, las entidades no podrán modificar las ofertas económicas y, por tanto, lo importante es que al momento de oprimir el botón de «abrir sobres» no se conozca la TRM que define el método de ponderación de la oferta económica. Bajo ese entendido, las entidades estatales al publicar sus procesos de contratación en la plataforma del SECOP II y, por tanto, para acoger las reglas definidas en el «Documento tipo» de licitación de obra pública de infraestructura de transporte y agua potable y saneamiento básico deberán dar clic en la opción «Abrir sobres» antes de las 3.00 P.M. De esta manera, se tendrá certeza que la entidad no conoce la TRM que regirá en ese día y, en consecuencia, no conocerá el método de ponderación de las ofertas económicas. El numeral 4.1.4 establece que «la entidad debe finalizar la apertura de los sobres económicos hasta antes de las 3:00 pm», de tal manera que «la entidad no podrá abrir los sobres económicos teniendo conocimiento de la TRM que regirá al día hábil siguiente», la cual suele ser publicada por la Superfinanciera entre las 4:00 pm y las 6:00 pm. Lo anterior indica que, en lo relativo a la apertura de los sobres contentivos de la oferta económica, la Versión 3 del aludido documento base mantiene la obligación de iniciar y finalizar la apertura de los sobres en un mismo día, en el que también deberá definirse el método de ponderación, pero estableciendo además que ello deberá llevarse a cabo antes de las 3:00 pm del respectivo día. |
| Materias | Documentos Tipo · Secop Ii · Desencriptación de sobres económicos · Método de ponderación · Trm · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1620660238779-C-161.docx |
Acceso al documento
Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 5be3080c5a4e….
La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.
Aviso de responsabilidad
Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.
Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.
Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.