Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

C-162 DE 2022

5 de abril de 2022

EpígrafeCláusulas excepcionales, procedimiento sancionatorio contractual y reducción de puntaje por incumplimiento de contratos estatales
Resumen

Este concepto de Colombia Compra Eficiente fija la posición interpretativa sobre el alcance de las cláusulas excepcionales de imposición unilateral de multas y cláusulas penales en la contratación pública, el procedimiento sancionatorio contractual previsto en la Ley 1474 de 2011 y la reducción de puntaje por incumplimiento contractual establecida en el artículo 58 de la Ley 2195 de 2022. Respecto a las cláusulas excepcionales, precisa que su exorbitancia se limita a su imposición unilateral, no a su pacto, el cual puede realizarse conforme a normas civiles y comerciales, pero requiere que la entidad estatal esté investida por ministerio de la ley para ejercer esta prerrogativa. En cuanto al procedimiento sancionatorio, señala que la citación a audiencia debe contener información detallada sobre los hechos, pruebas, normas incumplidas y consecuencias posibles, garantizando el debido proceso. Sobre la reducción de puntaje, aclara que aplica cuando se haya impuesto multa o cláusula penal pecuniaria en el último año, sin importar la cuantía, y que no procede cuando solo se realiza un requerimiento sin sanción pecuniaria. Además, establece que la reducción de puntaje no requiere solicitar aclaraciones al proponente, pues la entidad debe verificar de oficio la información en los aplicativos correspondientes.

Problema jurídico

Determinar el alcance de las potestades excepcionales de imposición unilateral de multas y cláusulas penales en la contratación estatal, el procedimiento sancionatorio aplicable y la reducción de puntaje prevista en el artículo 58 de la Ley 2195 de 2022

Fragmentos citables
La citación a la audiencia debe cumplir mínimamente los siguientes aspectos: i) señalar los hechos que soportan la actuación, en particular la descripción detallada de cuáles son las actuaciones u omisiones del contratista que materializan el incumplimiento de las obligaciones. Además, se deben ii) adjuntar los informes de supervisión o de interventoría que soportan la actuación, donde la entidad fundamenta su decisión de iniciar el procedimiento sancionatorio. Asimismo, iii) lo anterior debe acompañarse de las pruebas adicionales con que cuente la entidad y que sirven para acreditar el incumplimiento. iv) La citación debe contener también las normas, cláusulas u obligaciones posiblemente violadas o incumplidas por el contratista.
Detalla los requisitos esenciales del procedimiento sancionatorio contractual para garantizar el debido proceso y la transparencia en la actuación administrativa.
Los sujetos pasivos –es decir, los afectados por lo dispuesto en el artículo– son los proponentes –incluidos los consorcios y uniones temporales, por la situación de alguno de sus integrantes– a quienes «[…] se les haya impuesto una o más multas o cláusulas penales durante el último año, contado a partir de la fecha prevista para la presentación de las ofertas, sin importar la cuantía y sin perjuicio de las demás consecuencias derivadas del incumplimiento». Por ende, para desentrañar el sentido de este enunciado normativo debe acudirse al artículo 17 de la Ley 1150 de 2007, que regula la potestad de las entidades estatales sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública de declarar el incumplimiento contractual, para decretar multas o hacer efectivas cláusulas penales pecuniarias.
Define el alcance de la reducción de puntaje por incumplimiento contractual, precisando los supuestos de hecho y el marco normativo aplicable.
Así pues, la reducción del puntaje exigido por el artículo 58 de la Ley 2195 de 2022 no se aplica en aquellos eventos en los cuales una entidad realiza un requerimiento a un contratista, sin imponer una multa o cláusula penal pecuniaria, como podría suceder en algunos supuestos de declaratoria de siniestros, pues la efectividad de las garantías no siempre está condicionada por el incumplimiento.
Excluye de la aplicación de la reducción de puntaje los casos en los que no se impone una sanción pecuniaria, aclarando el límite de la norma.
MateriasCláusulas Excepcionales · Ley 2195 De 2022 · Ley 1474 de 2011 · Ley 1150 de 2007 · Ley 80 de 1993 · Multas y cláusulas penales · Potestades exorbitantes · Procedimiento administrativo sancionatorio · Reducción de puntaje por incumplimiento · Contratación estatal · Procedimiento Sancionatorio · Reducción De Puntaje · Citación a audiencia · Cláusula penal · Contenido · Imposición unilateral · Multas
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1658772327849-C-162.docx
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Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
Fecha del documento5 de abril de 2022
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 1f93a73f0446….

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