Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Subsanabilidad de ofertas en procesos de selección con subasta inversa electrónica
1_2025_11_04_012403 · 15 de diciembre de 2025Contratación estatalley 1882 de 2018requisitos habilitantessubsanabilidadley 1150 de 2007subasta inversa electrónicacontratación estatalsubasta inversasubsanabilidad de las ofertasalcance de la reglaalcance normativoámbito temporalaplicacióncriterio materialexcepcionesregla de subsanabilidadregla generaltiempo límiteColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Subsanabilidad de ofertas en procesos de selección con subasta inversa electrónica |
|---|---|
| Resumen | El documento conceptúa sobre el alcance y límites de la subsanabilidad de ofertas en procesos de selección pública, con énfasis en los mecanismos de subasta inversa electrónica. Fija la posición de que, por regla general, los requisitos no necesarios para la comparación de propuestas son subsanables hasta el término de traslado del informe de evaluación, salvo en procesos de mínima cuantía o subasta, donde el límite se extiende hasta el momento previo al inicio de la audiencia. Precisa que la Ley 1882 de 2018 introdujo excepciones temporales y materiales: no se pueden subsanar aspectos que otorgan puntaje, ni acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso (entendido como el vencimiento del plazo para presentar ofertas). En subastas, la entidad puede solicitar subsanaciones de documentos no esenciales para la comparación hasta antes del inicio de la audiencia, incluso mediante pliegos de condiciones que definan plazos y oportunidades específicas, siempre dentro de ese límite temporal. La garantía de seriedad no es subsanable. La autoridad aclara que estas reglas buscan evitar que proponentes cumplan requisitos durante el proceso o modifiquen condiciones post-cierre, garantizando transparencia y objetividad en la selección. |
| Problema jurídico | Determinar la oportunidad para que una entidad estatal solicite la subsanación de una oferta en un proceso de selección abreviada mediante subasta inversa electrónica |
| Fragmentos citables | La regla de la subsanabilidad de las ofertas en los procedimientos de selección indica que, por regla general, la falta de entrega y los defectos en la acreditación de los requisitos habilitantes son aspectos subsanables. La excepción a esta regla se encuentra en la prohibición de permitir que se subsanen aspectos que otorgan puntaje, de valer la acreditación de circunstancias ocurridas con posterioridad al cierre del proceso y de permitir la entrega de la garantía de seriedad de la oferta que no fue aportada con la propuesta. Las entidades de manera ex ante podrán establecer dentro del pliego de condiciones el periodo dentro del cual los participantes del proceso de selección podrán subsanar los documentos que requiera la entidad, o en su defecto, requerir por separado a cada proponente para que subsanen los respectivos documentos, fijándoles un término razonable, el cual en todo caso no podrá exceder el momento previo al inicio de la audiencia de subasta. |
| Materias | Ley 1882 de 2018 · Requisitos Habilitantes · Subsanabilidad · Ley 1150 de 2007 · Subasta inversa electrónica · Contratación estatal · Subasta Inversa · Subsanabilidad De Las Ofertas · Alcance de la regla · Alcance normativo · Ámbito temporal · Aplicación · Criterio material · Excepciones · Regla de subsanabilidad · Regla general · Tiempo límite |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/12/C-1625.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 0438a4d61418….
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