Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Garantía de seriedad de la oferta y subsanabilidad en la contratación pública

P20240611005964 · 22 de julio de 2024

EpígrafeGarantía de seriedad de la oferta y subsanabilidad en la contratación pública
Resumen

Este documento, expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance, vigencia y subsanabilidad de la garantía de seriedad de la oferta en los procesos de contratación estatal. Fija la posición de que la garantía de seriedad debe mantenerse vigente desde la presentación de la oferta hasta la aprobación de la garantía de cumplimiento del contrato, con un valor mínimo del diez por ciento (10%) del valor de la oferta, salvo excepciones previstas en normas especiales. Precisa que, cuando la garantía no cumpla con la vigencia exigida en el pliego de condiciones, la entidad debe requerir su subsanación dentro del término de traslado del informe de evaluación, so pena de rechazo. Sin embargo, distingue este requerimiento de las solicitudes de ampliación de la garantía, cuya desatención no necesariamente conlleva el rechazo de la oferta, salvo cuando la prórroga sea inferior a tres meses. Además, conceptúa que la no presentación de la garantía junto con la propuesta no es subsanable y constituye causal de rechazo, mientras que los errores en su contenido o vigencia sí son subsanables conforme a la regla general. Fundamenta su postura en el Decreto 1082 de 2015, la Ley 1150 de 2007 y la Ley 1882 de 2018, destacando su finalidad de asegurar la seriedad de las ofertas y proteger los principios de buena fe e igualdad en la contratación pública.

Problema jurídico

¿Es subsanable el vencimiento de la seriedad de la oferta?

Fragmentos citables
Dicho requerimiento de subsanación debe distinguirse de las solicitudes de ampliación que puede solicitar la entidad contratante a causa de la alteración del cronograma del proceso de contratación, cuya desatención no necesariamente ameritan el rechazo de la oferta. De acuerdo con lo explicado, si el proponente presenta su garantía de seriedad conforme a la vigencia inicialmente exigida, o la subsana dentro del término otorgado, la entidad no podrá rechazar la oferta si el proponente no atiende una solicitud de ampliación de esta por un plazo superior al término de tres meses previsto en el numeral 1 del artículo 2.2.1.2.3.1.6 del Decreto 1082 de 2015, motivada en la prórroga de los plazos de adjudicación o de suscripción del contrato.
Diferencia entre subsanación y ampliación de la garantía, precisando los efectos de la desatención de cada una en el proceso de selección.
La garantía de seriedad implica una caución provisional que avala la propuesta y es una garantía precontractual –y parcialmente contractual– destinada a asegurar la suscripción del futuro acuerdo, entre otras obligaciones. Desde esta perspectiva, la garantía de seriedad de la oferta constituye una obligación de seguridad, es decir, aquella donde el interés del acreedor no consiste en una utilidad específica y tangible, sino en la tranquilidad frente a ciertos riesgos por la cobertura de sus consecuencias nocivas.
Explica la naturaleza jurídica y finalidad de la garantía de seriedad, destacando su carácter de caución provisional y su función en la protección de los intereses de la administración.
MateriasDecreto 1082 De 2015 · Garantía De Seriedad · Garantía De Seriedad De La Oferta · Ley 1882 de 2018 · Requisitos Habilitantes · Subsanabilidad · Ley 1150 de 2007 · Contratación estatal · Ejecución contractual
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/08/C-164.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-164 de 2024
NúmeroP20240611005964
Fecha del documento22 de julio de 2024
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación16 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 16 de julio de 2026. Hash del original: 02b282765db9….

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