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Ley de Garantías Electorales: restricciones a la contratación directa durante periodos electorales y adquisición de software en entidades públicas

1_2025_11_11_012697 · 22 de diciembre de 2025

EpígrafeLey de Garantías Electorales: restricciones a la contratación directa durante periodos electorales y adquisición de software en entidades públicas
Resumen

La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente conceptúa que, durante la vigencia de la Ley de Garantías Electorales, la prohibición de contratación directa consagrada en el artículo 33 de la Ley 996 de 2005 se extiende a cualquier modalidad de selección que no garantice convocatoria pública y pluralidad de oferentes, incluyendo los casos de exclusividad por derechos de autor o proveedor exclusivo. Sin embargo, precisa que las prórrogas, modificaciones o adiciones de contratos suscritos antes de la entrada en vigencia de la restricción pueden ejecutarse, siempre que cumplan los principios de planeación, transparencia y responsabilidad. Además, fija la posición de que los convenios interadministrativos que impliquen ejecución de recursos públicos están prohibidos durante el período electoral, salvo aquellos a título gratuito, y que los contratos interadministrativos no constituyen modalidad adecuada para adquirir software o licencias.

Problema jurídico

Determinar la viabilidad jurídica de realizar contrataciones directas para la adquisición de software y licencias durante la vigencia de la Ley de Garantías Electorales (Ley 996 de 2005), especialmente cuando la causal ordinaria es la no pluralidad de oferentes por exclusividad (derechos de autor o proveedor exclusivo), y precisar las alternativas de selección objetiva aplicables en estos casos.

Fragmentos citables
las prórrogas, modificaciones o adiciones de los contratos suscritos antes de la entrada en vigencia de las prohibiciones enunciadas en el artículo 33 y el parágrafo 38 de la Ley 996 de 2005 anotadas, así como la cesión de los mismos, pueden tener lugar en el período de aplicación de la Ley de Garantías, sin que ello haga nugatoria la restricción de la contratación directa y siempre que cumplan los principios de planeación, transparencia y responsabilidad.
Define la viabilidad de prórrogas o modificaciones de contratos previos, aspecto crítico para la continuidad operativa en entidades que dependen de software exclusivo.
el contrato o convenio interadministrativo no constituye una tipología contractual adecuada para contratar la adquisición o el desarrollo de software. De forma similar, si no se configura ninguna otra de las causales señaladas por la Ley, tampoco es procedente la modalidad de contratación directa para que las entidades se abastezcan de este tipo de bienes o servicios.
Aclara la improcedencia de figuras interadministrativas o contratación directa para adquirir software, orientando sobre modalidades alternativas de selección objetiva.
MateriasContratación Directa · Ley De Garantías Electorales · Modalidades De Selección · Exclusividad · Licencias · Software · Contratación estatal · Adicionar · Adquisición de software y licencias · Adquisición y Desarrollo · Alcance · Artículo 2 numeral 4 literal g) Ley 1150 de 2007 · Ceder los contratos estatales · Contratos y convenios interadministrativos · Convenios y contratos interadministrativos · Destinatarios · Excepciones · Interpretación · Ley de garantías electorales artículo 33 · Modificar · Naturaleza jurídica · Parágrafo del artículo 38 · Posibilidad de prorrogar · Prohibición · Prohibición artículo 33 · Prohibiciones · Sentencia del Consejo de Estado
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/12/C-1662.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-1662 de 2025
Número1_2025_11_11_012697
Fecha del documento22 de diciembre de 2025
Fecha de publicación22 de diciembre de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 473823a21159….

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