Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Profesional en ingeniería – Ejercicio de la ingeniería – Aval – Procesos de contratación – Personas jurídicas
P20220221001721 · 18 de febrero de 2022Contratación estataldocumentos tipoprofesional en ingenieríaaval profesionalejercicio ilegal de la ingenieríalibertad_de_escoger_profesiónmatrícula profesionalcontratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Profesional en ingeniería – Ejercicio de la ingeniería – Aval – Procesos de contratación – Personas jurídicas / Documentos tipo de interventoría de obra pública de infraestructura de transporte – Carta de presentación de la propuesta – Aval de profesional en ingeniería |
|---|---|
| Resumen | El documento conceptúa que, en procesos de contratación pública para interventoría de obra pública de infraestructura de transporte, la participación de personas naturales como proponentes individuales o integrantes de estructuras plurales exige acreditar título profesional en ingeniería de la rama correspondiente y matrícula profesional vigente, sin posibilidad de aval por otro profesional. Para personas jurídicas, si su representante legal no es ingeniero, la oferta debe ser avalada por un ingeniero matriculado en la rama respectiva, quien asume responsabilidad por el ejercicio profesional. La posición se fundamenta en que la interventoría de infraestructura de transporte es actividad propia de la ingeniería según la Ley 842 de 2003, y en que la arquitectura, aunque afín, no es equivalente ni habilita para ejercer actividades reservadas a ingenieros. Se precisan excepciones para actividades que, pese a relacionarse con ingeniería, pueden ser desarrolladas por otros profesionales, siempre que no impliquen riesgo social. La regulación busca garantizar idoneidad, evitar ejercicio ilegal de la profesión y proteger el interés público en la contratación estatal. |
| Problema jurídico | Determinar si un arquitecto, como persona natural o integrante de un consorcio, puede participar en concursos de méritos para interventoría de obra pública de infraestructura de transporte, considerando las exigencias de idoneidad profesional establecidas en la Ley 842 de 2003 y los documentos tipo adoptados por la Resolución 256 de 2020. |
| Fragmentos citables | la persona idónea y habilitada legalmente para ejercer la ingeniería, en actividades catalogadas como ejercicio de dicha profesión, es la matriculada o inscrita en el Registro Profesional de Ingenieros y que por ende cuenta con un título profesional y con la idoneidad que no se predica de otras profesiones –como es el caso de la arquitectura–. Esta idoneidad se requiere para la ejecución de ciertas actividades relacionadas particularmente con el ejercicio de la ingeniería, como son los proyectos de obra de infraestructura de transporte, pues su formación es distinta y no existe habilitación legal para el ejercicio de actividades de ingeniería ostentando una profesión diferente. para que una persona natural pueda participar en un proceso de concursos de méritos de interventoría de obra pública de infraestructura de transporte, ya sea como proponente individual o como integrante de una estructura plural, el Documento Base o Pliego Tipo exige acreditar, no solo el título en la respectiva rama de la ingeniería, sino también la vigencia de la matricula profesional que habilita para ejercer dicha profesión. |
| Materias | Documentos Tipo · Profesional En Ingeniería · Aval profesional · Ejercicio ilegal de la ingeniería · Libertad_de_escoger_profesión · Matrícula profesional · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1648592913153-C-167.docx |
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