Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Armonización entre estabilidad ocupacional reforzada de mujeres embarazadas vinculadas mediante contratos de prestación de servicios y restricciones a la contratación directa en período preelectoral

1_2025_11_19_013024 · 22 de diciembre de 2025

EpígrafeArmonización entre estabilidad ocupacional reforzada de mujeres embarazadas vinculadas mediante contratos de prestación de servicios y restricciones a la contratación directa en período preelectoral
Resumen

Este documento conceptúa sobre la armonización entre la protección del derecho a la estabilidad ocupacional reforzada de las mujeres en estado de embarazo o período de lactancia vinculadas mediante contratos de prestación de servicios y las restricciones a la contratación directa establecidas en el artículo 33 de la Ley 996 de 2005 durante el período preelectoral. La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente fija la posición de que las entidades estatales deben garantizar la estabilidad ocupacional reforzada a estas mujeres, incluso en contratos de prestación de servicios, pero esta protección debe evaluarse en el marco de los principios de planeación, transparencia y responsabilidad, y sin desnaturalizar las restricciones legales vigentes. Se precisan dos escenarios jurisprudenciales para la protección del fuero de maternidad en contratos de prestación de servicios: i) cuando se configura un contrato realidad, y ii) cuando la terminación del contrato se fundamenta en criterios discriminatorios. Además, se señala que las excepciones a la prohibición de contratación directa durante el período preelectoral son taxativas y no incluyen los contratos de prestación de servicios, por lo que su celebración en ese lapso resulta jurídicamente improcedente. La entidad consultante, como administración municipal, está sujeta a estas restricciones y debe evaluar alternativas como prórrogas o modificaciones de contratos existentes, siempre que no impliquen nuevos negocios jurídicos ni vulneren los principios mencionados.

Problema jurídico

¿De qué manera debe una entidad estatal armonizar la protección del derecho a la estabilidad ocupacional reforzada de las mujeres en estado de embarazo o en periodo de lactancia, vinculadas mediante contratos de prestación de servicios, con las restricciones a la contratación directa establecidas en el artículo 33 de la Ley 996 de 2005 durante el período preelectoral?

Fragmentos citables
la Corte Constitucional ha expuesto dos (2) posiciones frente a los cuales opera la protección del denominado fuero de maternidad de mujeres vinculadas por medio de un contrato de prestación de servicios: i) cuando el juez prueba la configuración de un contrato realidad en el contrato de prestación de servicios, porque concurren los siguientes elementos: a) el salario, b) la continua subordinación o dependencia y c) la prestación personal del servicio; y además, ii) cuando a pesar de no probarse la configuración de un contrato realidad la terminación del contrato de prestación de servicios se fundamenta en criterios discriminatorios, y no en motivos objetivos.
Este fragmento establece los dos escenarios jurisprudenciales para la protección del fuero de maternidad en contratos de prestación de servicios, fundamentales para entender el alcance de la estabilidad ocupacional reforzada en este tipo de vínculos.
las excepciones al artículo 33 en comento deben interpretarse y aplicarse de manera estricta. En otras palabras, no es factible hacer interpretaciones extensivas para incluir otros supuestos de hecho similares a las circunstancias previstas en dicho artículo, pues el carácter taxativo implica que solo en los eventos consagrados expresamente en la norma permiten que ciertas entidades estatales se vean exceptuadas de la prohibición.
Este pasaje destaca la interpretación estricta de las excepciones a la prohibición de contratación directa durante el período preelectoral, lo que limita las alternativas disponibles para las entidades estatales.
corresponde a la entidad determinar, de manera autónoma y debidamente motivada, si resulta jurídicamente viable acudir a figuras como la prórroga, modificación o adición de contratos celebrados con anterioridad a la entrada en vigencia de las prohibiciones previstas en la Ley de Garantías Electorales, siempre que dichas actuaciones no impliquen la celebración de un nuevo negocio jurídico ni desnaturalicen la restricción a la contratación directa, y se ajusten a los principios de planeación, transparencia y responsabilidad.
Este fragmento define las alternativas que tienen las entidades estatales para garantizar la estabilidad ocupacional reforzada sin violar las restricciones legales durante el período preelectoral.
MateriasContratación Directa · Contrato De Prestación De Servicios · Ley De Garantías Electorales · Entidades territoriales · Estabilidad ocupacional reforzada · Fuero de maternidad · Protección a la mujer embarazada · Contratación estatal · Artículo 33 · Mujer embarazada y/o periodo de lactancia · Planeación contractual · Protección por maternidad · Restricciones preelectorales
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/12/C-1676.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-1676 de 2025
Número1_2025_11_19_013024
Fecha del documento22 de diciembre de 2025
Fecha de publicación29 de diciembre de 2025
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación10 de agosto de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 10 de agosto de 2026. Hash del original: ecd1f975df74….

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