Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Documentos Tipo – Obligatoriedad
2202013000001936 · 16 de marzo de 2020Contratación estataldocumentos tipofuerza vinculantenulidad del artículo 159 del decreto 1510 de 2013obra pública de infraestructura de transportecontratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Documentos Tipo – Obligatoriedad |
|---|---|
| Resumen | El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la obligatoriedad de los Documentos Tipo para obra pública de infraestructura de transporte. Fija la posición de que estos documentos, adoptados mediante los Decretos 342 y 2096 de 2019 y desarrollados por la Agencia mediante las Resoluciones 1798 de 2019 y 0044 de 2020, tienen fuerza vinculante para las entidades públicas solo cuando su obligatoriedad esté expresamente establecida en la ley o el decreto, concretamente en el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018. Precisa que la nulidad parcial del numeral 3 del artículo 159 del Decreto 1510 de 2013 no afecta la vigencia de estos Documentos Tipo, pues su fundamento normativo es distinto. Además, señala que los demás documentos estándar expedidos por la Agencia carecen de obligatoriedad y tienen carácter orientador. El concepto se emite en respuesta a una consulta sobre la incidencia de la declaratoria de nulidad mencionada en la obligatoriedad de los Documentos Tipo. |
| Problema jurídico | Determinar si los Documentos Tipo para obra pública de infraestructura de transporte desarrollados por la Agencia Nacional de Contratación Pública son vinculantes tras la declaratoria de nulidad del numeral 3° del artículo 159 del Decreto 1510 de 2013. |
| Fragmentos citables | La expedición de los Documentos Tipo de obra pública de infraestructura de transporte adoptados por el Gobierno Nacional a través de los Decretos 342 y 2096 de 2019, y desarrollados e implementados por la Agencia Nacional de Contratación Pública mediante las Resoluciones No. 1798 de 2019 y 0044 de 2020, se fundamentan en el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018, no en el artículo 159 del Decreto 1510 de 2013. Con la expedición del artículo 4° de la Ley 1882 de 2018, el legislador estableció que al Gobierno Nacional le corresponde adoptar los «documentos tipo para los pliegos de condiciones de los procesos de selección de obras públicas, interventoría para las obras públicas, interventoría para consultoría de estudios y diseños para obras públicas, consultoría en ingeniería para obras», y que estos «deberán ser utilizados por todas las entidades sometidas al Estatuto General de la Contratación de la Administración Pública en los procesos de selección que adelanten». En consecuencia, la expedición de los Documentos Tipo de obra pública de infraestructura de transporte adoptados por el Gobierno Nacional a través de los Decretos 342 y 2096 de 2019, y desarrollados e implementados por la Agencia Nacional de Contratación Pública mediante las Resoluciones No. 1798 de 2019 y 0044 de 2020, se fundamenta en el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018, no en el artículo 159 del Decreto 1510 de 2013, de manera que cuentan con un fundamento equivalente al establecido en el parágrafo del artículo 2 de la Ley 1150 de 2007. A la luz de lo expuesto, los únicos documentos estándar que tienen fuerza vinculante, y que por tanto deberán ser aplicados de forma obligatoria por parte de las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, son aquellos respecto de los cuales la ley o el decreto dispone su obligatoriedad, tal como sucede con los Documentos Tipo establecidos en el artículo 4 de la Ley 1882 de 2018 y en los Decretos 342 y 2096 de 2019. Los demás documentos estándar que han sido expedidos por la Agencia Nacional de Contratación Pública no son de obligatorio cumplimiento y su carácter es simplemente orientador. |
| Materias | Documentos Tipo · Fuerza vinculante · Nulidad del artículo 159 del Decreto 1510 de 2013 · Obra pública de infraestructura de transporte · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/C-173-de-2020.docx |
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Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 99fbde48d185….
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