Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Subsanación de requisitos habilitantes y capacidad residual en procesos de mínima cuantía
P20240614006097 · 14 de junio de 2024Contratación estatalcapacidad residualmínima cuantíarequisitos habilitantessubsanación de ofertascontratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Subsanación de requisitos habilitantes y capacidad residual en procesos de mínima cuantía |
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| Resumen | El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre dos aspectos centrales en la contratación pública: i) la subsanación de requisitos habilitantes en procesos de selección, precisando que solo pueden subsanarse documentos que no afecten la asignación de puntaje y cuya prueba acredite hechos ocurridos con anterioridad al cierre del proceso, y ii) la exigibilidad de la capacidad residual en procesos de mínima cuantía para contratos de obra pública, señalando que este requisito es aplicable independientemente de la modalidad de selección, aunque su verificación difiere en mínima cuantía al no requerirse el Registro Único de Proponentes. La posición se fundamenta en la Ley 1150 de 2007, la Ley 1682 de 2013 y el Decreto 1860 de 2021, destacando la prevalencia de lo sustancial sobre lo formal y la necesidad de garantizar la concurrencia real en los procedimientos. |
| Problema jurídico | Viabilidad de subsanar certificados de existencia y representación legal con fecha posterior al cierre del proceso y exigibilidad de capacidad residual en procesos de mínima cuantía |
| Fragmentos citables | De conformidad con el parágrafo 1 del artículo 5 de la Ley 1150 de 2007, modificado por la Ley 1882 de 2018, lo subsanable es la prueba de todas las circunstancias ocurridas antes del vencimiento del término para presentar las ofertas, ante la prohibición de acreditar circunstancias ocurridas con posterioridad al “cierre del proceso”. De esta manera, si un oferente no anexó el certificado de existencia y representación legal, este podrá subsanarlo siempre que el documento aportado con posterioridad debe dar cuenta de que la sociedad existía antes del cierre del proceso. En atención a lo dispuesto en el parágrafo 1 del artículo 6 de la Ley 1150 de 2007, para poder participar en proceso de selección de contratos de obra, incluidos los adelantados en la modalidad de mínima cuantía, resulta necesario acreditar el requisito habilitante de capacidad residual. Esto implica que el proponente acredite que su capacidad residual o K de contratación es superior al del Proceso de Contratación. |
| Materias | Capacidad Residual · Mínima Cuantía · Requisitos Habilitantes · Subsanación de ofertas · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/08/C-175.docx |
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