Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Sociedades extranjeras con negocio permanente en el país – información financiera que debe presentar el proveedor extranjero

P20230425003654 · 8 de junio de 2023

EpígrafeSociedades extranjeras con negocio permanente en el país – información financiera que debe presentar el proveedor extranjero
Resumen

Este documento, expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la información financiera que deben presentar los proveedores extranjeros en procesos de contratación pública en Colombia, así como sobre la obligación de constituir sucursales para sociedades extranjeras con negocios permanentes. La autoridad fija la posición de que los proponentes extranjeros deben presentar los estados financieros del año inmediatamente anterior, debidamente auditados y convertidos a moneda local, sin que sea obligatorio constituir sucursal para participar en la licitación, salvo que el proceso involucre construcción de obras o prestación de servicios. Además, precisa que, en caso de grupos empresariales, la información financiera debe consolidarse como si se tratara de un solo ente, integrando los estados de la matriz y sus subordinadas. La fundamentación se basa en la normativa mercantil colombiana sobre sucursales y en la Guía de Asuntos Corporativos de Colombia Compra Eficiente, destacando que la sucursal no tiene personería jurídica independiente de la matriz, pero sí autonomía operativa. También se señalan los límites de competencia de la entidad para interpretar normas generales sin resolver controversias particulares.

Problema jurídico

Determinar si un proponente extranjero que es subsidiaria o filial debe presentar información financiera de la matriz y sus subordinados como un solo ente o presentar separadamente los estados financieros de la matriz y los suyos como filial, y bajo qué normativa proceder en cada caso

Fragmentos citables
las sucursales son establecimientos de comercio que no conforman una persona jurídica diferente a la de su matriz, pero que ostentan facultades de representación directa y cuentan con autonomía propia. Esta precisión es importante tratándose de las sucursales constituidas por sociedades extrajeras, pues el artículo 471 del Código de Comercio dispone que «Para que una sociedad extranjera pueda emprender negocios permanentes en Colombia, establecerá una sucursal con domicilio en el territorio nacional […]».
Establece la naturaleza jurídica de la sucursal como extensión de la matriz, clave para entender su régimen de responsabilidad y obligaciones en Colombia.
Para la presentación de la oferta no será necesario que se constituya una sucursal en Colombia pues esto solo es obligatorio si se resulta adjudicatario en Procesos de Contratación que tengan por objeto la construcción de obras o la prestación de servicios, pues en estos dos casos, se entiende que la persona jurídica extranjera está ejerciendo negocios permanentes en Colombia.
Define el alcance de la obligación de constituir sucursal para sociedades extranjeras, limitándola a casos específicos de adjudicación.
Los proveedores extranjeros deben presentar los estados financieros del año inmediatamente anterior, debidamente auditados en las condiciones definidas en los pliegos de condiciones, que deben contener los elementos para hacer la conversión de los estados financieros que fueron expedidos en moneda extranjera.
Establece el requisito central de información financiera para proponentes extranjeros, incluyendo la conversión a moneda local y la auditoría.
la información financiera que debe presentar es la de la matriz o controlante y sus subordinados o dominados, como si fuesen los de un solo ente
Precisa el criterio de consolidación financiera para grupos empresariales extranjeros, integrando la información de matriz y filiales.
MateriasInformación Financiera Que Debe Presentar El Proveedor Extranjero · Información financiera · Proponente extranjero · Sucursal · Contratación estatal · Sociedades Extranjeras Con Negocio Permanente En El País · Sociedades Extranjeras Con Negocio Permanente En El País Información Financiera Que Debe Presentar El Proveedor Extranjero
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1691789365629-C-177.docx
Documentos relacionados

Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-177 de 2023
NúmeroP20230425003654
Fecha del documento8 de junio de 2023
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 83f7e5030708….

La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.

Aviso de responsabilidad

Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.

Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.

Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.

Escríbanoscontacto@nameabogados.com