Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Alcance de la definición de empleo nivel directivo para acreditar la calidad de emprendimiento y empresas de mujeres

1_2025_12_15_013961 acumulado con radicado No. 1_2025_12_15_013966 · 5 de enero de 2026

EpígrafeAlcance de la definición de empleo nivel directivo para acreditar la calidad de emprendimiento y empresas de mujeres
Resumen

Este documento conceptúa el alcance de la definición de empleo de nivel directivo para acreditar la calidad de emprendimiento o empresa de mujeres, según lo establecido en el numeral 2 del artículo 2.2.1.2.4.2.14 del Decreto 1082 de 2015, modificado por el Decreto 1860 de 2021. La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente– fija la posición de que tales empleos deben entenderse como aquellos vinculados a la dirección de áreas misionales y a la toma de decisiones estratégicas, excluyendo cargos operativos o vinculaciones no laborales. Además, precisa que el requisito del 50% de mujeres en estos cargos debe mantenerse durante al menos un año previo a la fecha de cierre del proceso de selección, y que la acreditación requiere certificación con soportes específicos. La entidad advierte que corresponde a las entidades contratantes verificar el cumplimiento de estas condiciones en cada caso concreto, sin que la remuneración sea un criterio determinante para su clasificación.

Problema jurídico

Determinar si el cargo de 'Director de Obra' cumple con los criterios normativos para ser considerado empleo del nivel directivo en los términos del Decreto 1082 de 2015 y sus modificaciones

Fragmentos citables
Se entenderá como empleos del nivel directivo aquellos cuyas funciones están relacionadas con la dirección de áreas misionales de la empresa y la toma de decisiones a nivel estratégico. En este sentido, serán cargos de nivel directivo los que dentro de la organización de la empresa se encuentran ubicados en un nivel de mando o los que por su jerarquía desempeñan cargos encaminados al cumplimiento de funciones orientadas a representar al empleador.
Define el criterio central para identificar qué cargos califican como directivos, excluyendo aquellos de naturaleza operativa o sin funciones estratégicas.
Para la aplicación de la definición en comento, en primer lugar, debe tenerse en cuenta únicamente a los empleos del nivel directivo, lo que excluye a los demás empleos de la planta de personal, como por ejemplo los operativos. En segundo lugar, se excluyen las personas vinculadas mediante figuras jurídicas diferentes a un contrato de trabajo, como es el caso de los contratos de prestación de servicios. Al respecto, debe tenerse en cuenta que la disposición en estudio indica que la vinculación de las mujeres en los cargos directivos de la persona jurídica debe ser de índole laboral, al establecer de forma expresa: “[…] hayan estado vinculadas laboralmente […]”.
Establece los requisitos excluyentes para acreditar la calidad de empleo directivo: naturaleza laboral y exclusión de cargos operativos o vinculaciones no contractuales.
no basta con que los cargos directivos en una sociedad sean mayoritariamente de mujeres para que sea considerada como un empresa o emprendimiento a los que se refiere la norma, sino que además es necesario que dicha vinculación mayoritaria de mujeres en los empleos del nivel directivo de la empresa se haya mantenido como mínimo durante el periodo de un (1) año, contado a partir de la fecha de cierre del proceso de selección.
Precisa el requisito temporal mínimo para que la mayoría de mujeres en cargos directivos sea válida, evitando interpretaciones que ignoren la continuidad en el tiempo.
MateriasAcción afirmativa · Empleo del nivel directivo · Emprendimientos y empresas de mujeres · Contratación estatal · Ley De Emprendimiento · Artículo 2.2.1.2.4.2.14 del Decreto 1082 de 2015 · Decreto 1860 de 2021 · Empleos del nivel directivo · Finalidad · Ley 2069 De 2020 · Ley 2069 de 2021
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/01/C-1827.docx
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Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-1827 de 2025
Número1_2025_12_15_013961 acumulado con radicado No. 1_2025_12_15_013966
Fecha del documento5 de enero de 2026
Fecha de publicación7 de enero de 2026
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 8f032ab63b8d….

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