Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Viabilidad jurídica de contratar por prestación de servicios profesionales a una persona en licencia de maternidad

1_2025_12_31_014488 · 9 de febrero de 2026

EpígrafeViabilidad jurídica de contratar por prestación de servicios profesionales a una persona en licencia de maternidad
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente –, conceptúa sobre la viabilidad jurídica de contratar por prestación de servicios profesionales a una persona que se encuentra en licencia de maternidad. Fija la posición de que no existe una prohibición expresa que impida tal contratación, pero advierte que las entidades estatales deben garantizar la estabilidad laboral reforzada de la mujer embarazada o en periodo de lactancia, ya sea mediante la configuración de un contrato realidad o evitando terminaciones discriminatorias. Para ello, se fundamenta en la jurisprudencia constitucional, especialmente en las sentencias SU-075 de 2018, T-743 de 2017 y T-329 de 2022, que establecen que la protección opera cuando se demuestra la existencia de una relación laboral o de prestación de servicios y el estado de embarazo o lactancia, independientemente de la modalidad contractual. Además, precisa que la entidad contratante debe evaluar las particularidades del caso concreto para determinar el tratamiento aplicable, sin que la licencia de maternidad por sí misma constituya un impedimento para la contratación.

Problema jurídico

Determinar la viabilidad jurídica de contratar por prestación de servicios profesionales a una persona que se encuentra en licencia de maternidad

Fragmentos citables
La Corte Constitucional ha expuesto dos (2) posiciones frente a los cuales opera la protección proveniente del denominado fuero de maternidad de mujeres vinculadas por medio de un contrato de prestación de servicios: (i) cuando el juez prueba la configuración de un contrato realidad en el contrato de prestación de servicios, porque concurren los siguientes elementos: a) el salario, b) la continua subordinación o dependencia y c) la prestación personal del servicio; y además, (ii) cuando a pesar de no probarse la configuración de un contrato realidad la terminación del contrato de prestación de servicios se fundamenta en criterios discriminatorios, y no en motivos objetivos.
Establece los dos supuestos bajo los cuales opera la protección del fuero de maternidad en contratos de prestación de servicios, clave para entender los límites de la viabilidad de la contratación en estos casos.
La protección reforzada a la maternidad y la lactancia en el ámbito del trabajo procede cuando se demuestre, sin ninguna otra exigencia adicional, lo siguiente: La existencia de una relación laboral o de prestación de servicios y; Que la mujer se encuentra en estado de embarazo o dentro de los tres meses siguientes al parto, en vigencia de dicha relación laboral o de prestación.
Resume el criterio jurisprudencial esencial para determinar el alcance de la protección del fuero de maternidad, aplicable tanto a relaciones laborales como a contratos de prestación de servicios.
No existe disposición normativa que consagre de forma expresa la prohibición de contratación en virtud del estado de embarazo o de la licencia de maternidad. Finalmente, es competencia de la entidad contratante, en el marco de su gestión contractual, determinar el tratamiento aplicable a la licencia de maternidad de la futura contratista, conforme a las particularidades del caso concreto y a las reglas contractuales pactadas.
Destaca la ausencia de una prohibición expresa y la responsabilidad de la entidad contratante para evaluar cada caso, lo que define el marco de viabilidad de la contratación solicitada.
En el evento en el que el término del periodo de lactancia ya haya terminado, procederá el reconocimiento de los honorarios dejados de percibir hasta la terminación de periodo de lactancia. En todo caso, el juez deberá estudiar la procedencia de cada una de estas medidas de protección para lo cual tendrá en cuenta las particularidades del caso.
Ilustra las consecuencias jurídicas de la no renovación discriminatoria de un contrato de prestación de servicios durante la licencia de maternidad, útil para evaluar riesgos en la contratación.
MateriasContrato De Prestación De Servicios · Discriminación por razón de género · Estabilidad laboral reforzada · Licencia de maternidad · Contratación estatal · Estabilidad Ocupacional Reforzada · Estabilidad Ocupacional Reforzada De Mujer Embarazada · Características · Concepto · Contratos de prestación de servicios · Unificación jurisprudencial
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/02/C-1843.docx
Documentos relacionados

Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-1843 de 2026
Número1_2025_12_31_014488
Fecha del documento9 de febrero de 2026
Fecha de publicación10 de febrero de 2026
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 880243833a33….

La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.

Aviso de responsabilidad

Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.

Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.

Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.

Escríbanoscontacto@nameabogados.com