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Examen médico pre ocupacional – obligatoriedad, vigencia y fundamento normativo
2202013000002664 · 14 de abril de 2020Contratación estatalcontratistan/aexamen médico pre-ocupacionalriesgo laboralvigencia del certificado médicocontratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Examen médico pre ocupacional – obligatoriedad, vigencia y fundamento normativo |
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| Resumen | El documento, emitido por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance y vigencia del examen médico pre ocupacional como requisito para contratistas de entidades públicas. Fija la posición de que el certificado médico pre ocupacional, con vigencia máxima de tres años, puede presentarse en múltiples procesos de contratación dentro de ese plazo, siempre que el examen haya valorado el factor de riesgo más alto al que estará expuesto el contratista. Además, precisa que si el contratista busca contratar en un proceso con un factor de riesgo mayor al evaluado, deberá practicarse un nuevo examen que considere ese riesgo específico. El fundamento normativo se encuentra en el artículo 2.2.4.2.2.18 del Decreto 1072 de 2015, que regula la obligatoriedad y alcance de estos exámenes en el marco de la gestión de riesgos laborales para contratistas. El concepto también aclara que el costo del examen pre ocupacional es asumido por el contratista y que su presentación es obligatoria antes de la suscripción del contrato. |
| Problema jurídico | Determinar si un examen ocupacional puede aportarse a varios procesos de contratación de entidades distintas dentro del término de su vigencia |
| Fragmentos citables | El examen médico pre ocupacional es un acto médico en el que se determinan las condiciones de salud, física, mental y social de quien va a contratar con una entidad pública. Este examen deberá practicarse antes de la suscripción del contrato y en él se interrogan las condiciones de salud del futuro contratista en función de las obligaciones contractuales que se van a ejecutar y el factor de riesgo del contrato. La finalidad de este examen consiste en determinar la aptitud del contratista para el ejercicio de las obligaciones del contrato y conocer las restricciones de salud que ameriten adoptar alguna medida administrativa en ejercicio del contrato. Este examen tendrá vigencia máxima de tres (3) años y será válido para todos los contratos que suscriba el contratista, siempre y cuando se haya valorado el factor de riesgo más alto al cual estará expuesto en todos los contratos. En el caso de perder su condición de contratista por un período superior a seis (6) meses continuos, deberá realizarse nuevamente el examen. Lo anterior quiere decir que si el contratista pretende aportar el certificado médico a un proceso de contratación de mayor factor de riesgo al que fue evaluado en el examen practicado, este no será tenido en cuenta porque no fue valorado frente al riesgo que se espera esté expuesto, razón por la cual deberá practicarse un nuevo examen médico que analice el factor de riesgo del nuevo contrato. |
| Materias | Contratista · N/a · Examen médico pre-ocupacional · Riesgo laboral · Vigencia del certificado médico · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1597117769400-C-187-de-2020.docx |
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