Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Régimen de contratación de las universidades públicas como entidades de régimen especial
P20220302002071 · 12 de abril de 2022Contratación estatalentidades de régimen especialestatuto general de contratación de la administración pública (egcap)derecho privado en contratación estataluniversidades públicascontratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Régimen de contratación de las universidades públicas como entidades de régimen especial |
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| Resumen | Este documento, emitido por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el régimen contractual de las universidades públicas como entidades de régimen especial, precisando su naturaleza jurídica y los límites de su autonomía en materia de contratación. Fija la posición de que estas universidades, al ser entes autónomos y no parte de la administración central o descentralizada, se rigen por el derecho privado según lo establecido en el artículo 93 de la Ley 30 de 1992, exceptuándose del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (EGCAP). Sin embargo, señala que su régimen contractual debe ajustarse a principios constitucionales y legales como la función administrativa, la gestión fiscal y el control fiscal, así como a obligaciones transversales como la elaboración del Plan Anual de Adquisiciones y la publicación en SECOP. Además, establece que los manuales de contratación de estas entidades deben garantizar la selección objetiva y la transparencia, aunque con flexibilidad en su configuración, siempre que no vulneren reservas legales. El documento también aclara que, ante vacíos en sus manuales, se aplicarán normas del derecho privado, el CPACA o el EGCAP según la materia, y que las cláusulas exorbitantes solo podrán usarse si una norma especial lo autoriza. |
| Problema jurídico | Determinar el marco jurídico constitucional, legal y normativo que permite a las universidades estatales celebrar contratos interadministrativos, de cooperación y asociación con otros entes autónomos o entidades públicas, así como el tipo de contratación directa que pueden realizar y su sujeción al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública |
| Fragmentos citables | Las entidades de régimen especial son aquellas que, por expresa disposición legal y por su naturaleza o situación de competencia, tienen condiciones diferenciales respecto de la normativa de contratación pública. Esto quiere decir que no están sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, por lo que sus procedimientos contractuales tienen su normativa propia para su desarrollo, esto es, el derecho privado. Este aspecto se determina en las normas de creación de las entidades de régimen especial y en sus manuales de contratación. Las entidades de régimen especial cumplen una finalidad pública y contratan con recursos públicos para lograrlo, por lo que no son ajenas a los principios de la función administrativa y de la gestión fiscal, entre otras reglas dispuestas en la normativa de contratación pública que son transversales a todas las entidades, sin importar su régimen contractual. |
| Materias | Entidades De Régimen Especial · Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (EGCAP) · Derecho privado en contratación estatal · Universidades públicas · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1653574714388-C-204.docx |
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