Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Alcance de la inhabilidad consagrada en el parágrafo 2° del artículo 84 de la Ley 1474 de 2011, que adicionó el literal k) del numeral 1° del artículo 8 de la Ley 80 de 1993
P20240730007818 · 12 de septiembre de 2024Contratación estatalinhabilidades e incompatibilidadesinhabilidades para contratar con el estadointerventoría de contratosliteral k) artículo 8 ley 80 de 1993principio de moralidad administrativaprincipio pro libertatecontratación estatalartículo 8conceptointerpretación restrictivaley 80 de 1993límites a la capacidadliteral knumeral 1régimenColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Alcance de la inhabilidad consagrada en el parágrafo 2° del artículo 84 de la Ley 1474 de 2011, que adicionó el literal k) del numeral 1° del artículo 8 de la Ley 80 de 1993 |
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| Resumen | El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de la inhabilidad consagrada en el literal k) del numeral 1 del artículo 8 de la Ley 80 de 1993, adicionado por el parágrafo 2 del artículo 84 de la Ley 1474 de 2011. Fija la posición de que esta inhabilidad aplica exclusivamente a los interventores que incumplan el deber de entregar información a la entidad contratante sobre el incumplimiento del contrato o posibles actos de corrupción tipificados como conductas punibles. Exige, además, la expedición de un acto administrativo que declare el acaecimiento de la circunstancia y su firmeza para que la inhabilidad surta efectos por cinco años. El concepto fundamenta su interpretación en el principio pro libertate y en la necesidad de una lectura restrictiva de las normas que limitan derechos, alineándose con la jurisprudencia de la Corte Constitucional y el Consejo de Estado. También delimita su competencia consultiva, aclarando que no resuelve casos particulares ni actúa como instancia de validación de actuaciones administrativas. |
| Problema jurídico | Determinar el alcance de la inhabilidad consagrada en el parágrafo 2° del artículo 84 de la Ley 1474 de 2011, que adicionó el literal k) del numeral 1° del artículo 8 de la Ley 80 de 1993, y su configuración para interventores que incumplan el deber de entregar información |
| Fragmentos citables | El literal k) del numeral 1 del artículo 8 de la Ley 80 de 1993, adicionado por el parágrafo 2 del artículo 84 de la Ley 1474 de 2011, se refiere a una inhabilidad que recae específicamente sobre los interventores. Esta se configura cuando se incumple el deber de entregar información a la entidad contratante alusiva al incumplimiento del contrato o a posibles actos de corrupción tipificados como conductas punibles. La configuración de esta inhabilidad además exige que se desarrolle una actuación administrativa, en el marco de la cual se expida un acto administrativo que declare el acaecimiento de la referida circunstancia, el cual deberá adquirir firmeza para que la inhabilidad comience a surtir sus efectos por el término de cinco (5) años. las inhabilidades son circunstancias establecidas por la Constitución o en la ley que impiden que personas naturales o jurídicas sean elegidas o designadas en un cargo público o celebren contratos con el Estado, con el objetivo de garantizar la idoneidad, imparcialidad, probidad, transparencia y moralidad de la función pública, garantizando el interés general. el principio pro libertate es el que debe dirigir la interpretación de las disposiciones normativas que consagran restricciones de derechos, como sucede con las causales de inhabilidad e incompatibilidad en la contratación estatal. Por lo tanto, no es posible llevar a cabo la interpretación extensiva de estas, debiendo preferirse aquella que menos limita el derecho de las personas, salvaguardando el interés general en la contratación pública de manera que implique el menor sacrificio posible al derecho de igualdad. |
| Materias | Inhabilidades E Incompatibilidades · Inhabilidades para contratar con el Estado · Interventoría de contratos · Literal k) artículo 8 Ley 80 de 1993 · Principio de moralidad administrativa · Principio pro libertate · Contratación estatal · Artículo 8 · Concepto · Interpretación restrictiva · Ley 80 de 1993 · Límites a la capacidad · Literal K · Numeral 1 · Régimen |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/10/C-205.docx |
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Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 407a5b772e3d….
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