Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Convenios solidarios entre organismos de acción comunal y entidades públicas para ejecución de obras hasta la menor cuantía
P20250219001652 · 19 de febrero de 2025Contratación estatalconvenios solidariosentidades estatalesley 2166 de 2021ley 2294 de 2023organismos de acción comunalmenor cuantíacontratación estataldocumentos tipo de convenios solidariosartículo 95contratación directaColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Convenios solidarios entre organismos de acción comunal y entidades públicas para ejecución de obras hasta la menor cuantía |
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| Resumen | Este documento conceptúa el alcance de los convenios solidarios que pueden celebrar los Organismos de Acción Comunal con entidades públicas para la ejecución de obras hasta la menor cuantía, según lo establecido en el artículo 95 de la Ley 2166 de 2021, modificado por el artículo 372 de la Ley 2294 de 2023. La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente fija la posición de que estos convenios pueden suscribirse no solo con entidades territoriales (departamentales, distritales y municipales), sino también con entidades del orden nacional, siempre que el objeto sea la ejecución de obras y no supere el monto de la menor cuantía de la entidad estatal. Además, precisa que la territorialidad de las Juntas de Acción Comunal limita su actuación a su ámbito de representación, garantizando la participación comunitaria. Se destacan los requisitos normativos, como la inclusión de costos directos y administrativos, la necesidad de personal técnico para supervisión y la obligación de contratar habitantes de la comunidad para la ejecución de las obras. |
| Problema jurídico | Determinar si los organismos de acción comunal pueden suscribir convenios solidarios con entidades estatales distintas a las territoriales y si la expresión 'territoriales' limita dicho alcance |
| Fragmentos citables | Si, los organismos de acción comunal pueden suscribir convenios solidarios con Entidades Estatales para la ejecución de obra hasta la menor cuantía. La expresión “TERRITORIALES” establecida en el artículo 95 de la Ley 2166 de 2021 fue derogada por el artículo 372 de la Ley 2294 de 2023, así las cosas, se amplía el rango de acción de este régimen jurídico donde las partes pueden ser entidades del orden Nacional, Departamental, Distrital y Municipal. Artículo 95. Convenios Solidarios. Se autoriza a los entes del orden Nacional, Departamental, Distrital y municipal para celebrar directamente convenios solidarios con los Organismos de Acción Comunal con el fin de ejecutar obras hasta por la menor cuantía. Para la ejecución de estas deberán contratar con los habitantes de la comunidad. |
| Materias | Convenios Solidarios · Entidades Estatales · Ley 2166 De 2021 · Ley 2294 de 2023 · Organismos De Acción Comunal · Menor cuantía · Contratación estatal · Documentos Tipo De Convenios Solidarios · Artículo 95 · Contratación directa |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2025/03/C-210.docx |
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