Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Régimen de inhabilidades e incompatibilidades – definición – taxatividad – interpretación restrictiva
1_2026_02_13_001890 · 26 de marzo de 2026Contratación estatalincumplimiento reiteradoinhabilidades para contratar con el estadointerpretación restrictivaprincipio de legalidadprincipio de moralidadcontratación estatalrégimen de inhabilidades e incompatibilidadesalcancedefinicióntaxatividadColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Régimen de inhabilidades e incompatibilidades – definición – taxatividad – interpretación restrictiva / inhabilidades – incumplimiento reiterado – alcance |
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| Resumen | El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance y la interpretación restrictiva del régimen de inhabilidades e incompatibilidades para contratar con el Estado, específicamente en relación con la causal de incumplimiento reiterado prevista en el literal b) del artículo 90 de la Ley 1474 de 2011. Fija la posición de que esta inhabilidad solo opera cuando se declaran incumplimientos en al menos dos contratos distintos, con una o varias entidades, dentro de los últimos tres años, excluyendo la aplicación cuando ambos incumplimientos ocurran en un mismo contrato, incluso si son en la misma vigencia. Además, precisa que la extensión de esta inhabilidad a socios de sociedades de personas opera conforme al parágrafo del artículo 90, sin afectar a las sociedades de capital. El fundamento se basa en el carácter taxativo y restrictivo de las inhabilidades, orientadas a garantizar la moralidad, transparencia y eficiencia en la contratación pública, en cumplimiento de los principios constitucionales y legales. |
| Problema jurídico | Alcance y interpretación de las causales de inhabilidad e incompatibilidad en el sistema de compras y contratación pública respecto de los incumplimientos reiterativos en un mismo contrato durante una misma vigencia |
| Fragmentos citables | Respecto de régimen de inhabilidades e incompatibilidades, contemplado en el artículo 90 de la Ley 1474 de 2011, específicamente el literal b, resulta oportuno reseñar que este indica unos supuestos bajo los cuales se da aplicación al citado artículo. Al respecto, la norma indica que dicha causal solo opera cuando la declaratoria de incumplimiento se da en por lo menos dos (2) o más contratos, con una (1) o varias entidades, y en los últimos tres (3) años. Por tanto, para que opere la causal deben cumplirse con todos los supuestos de hecho contemplados en la norma, sin que sea posible extender una interpretación amplia a circunstancias taxativamente contempladas, dado el carácter restrictivo. Así las cosas, es necesario que se haya declarado el incumplimiento en al menos dos (2) contratos, lo que excluye que el supuesto se aplique si se han declarado dos (2) incumplimientos en un solo contrato. Igualmente, dichos incumplimientos debieron haberse declarado durante los últimos tres (3) años. Lo que sí es indiferente para aplicación de la inhabilidad respecto al supuesto del literal b) es si los incumplimientos son declarados por una misma Entidad o varias. Las inhabilidades e incompatibilidades son circunstancias de naturaleza restrictiva, establecidas por la Constitución o la ley, que impiden la posibilidad de que ciertas personas sean elegidas o designadas en un cargo público o puedan celebrar contratos con el Estado, con el objetivo de garantizar la idoneidad, imparcialidad, probidad, transparencia y moralidad de la gestión pública. |
| Materias | Incumplimiento Reiterado · Inhabilidades para contratar con el Estado · Interpretación restrictiva · Principio de legalidad · Principio de moralidad · Contratación estatal · Régimen De Inhabilidades E Incompatibilidades · Alcance · Definición · Taxatividad |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/04/C-214-3.docx |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: c0d46ad89853….
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