Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Requisitos habilitantes para sociedades nuevas en contratación estatal: capacidad financiera, organizacional y experiencia de socios

2202013000002773 · 16 de abril de 2020

EpígrafeRequisitos habilitantes para sociedades nuevas en contratación estatal: capacidad financiera, organizacional y experiencia de socios
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de los requisitos habilitantes para participar en procesos de contratación estatal, específicamente en lo relacionado con la capacidad financiera, capacidad organizacional y experiencia de sociedades nuevas. Fija la posición de que estos requisitos se acreditan exclusivamente mediante el Registro Único de Proponentes (RUP), documento que hace plena prueba, sin que las entidades o proponentes puedan solicitar o aportar otra documentación. Para sociedades recién constituidas, se precisa que pueden presentar estados financieros de apertura o con corte trimestral, y que la experiencia de sus socios solo puede ser utilizada como incentivo durante los primeros tres años de constitución, sin que esta prerrogativa se extienda a otros requisitos habilitantes como la capacidad financiera u organizacional. Además, se señala que la experiencia inscrita por los socios puede conservarse mientras el RUP se mantenga vigente, incluso después de cumplidos los tres años de constitución de la sociedad.

Problema jurídico

Determinación de los requisitos habilitantes aplicables a sociedades nuevas en procesos de contratación estatal, incluyendo la posibilidad de acreditar capacidad financiera, organizacional y experiencia mediante el RUP y la experiencia de socios

Fragmentos citables
La capacidad financiera que se deriva del comportamiento contable de la empresa, su liquidez y endeudamiento, para determinar sus recursos y la solidez financiera que le permita cumplir los compromisos que adquiera; y la capacidad organizacional relacionada con la organización interna de la empresa, con lo cual se comprueba su rentabilidad y la capacidad de asumir y cumplir obligaciones; se verifican con el Registro Único de Proponentes (RUP), cuando este certificado sea exigible de acuerdo con la ley, en el cual constan los requisitos habilitantes, que se evalúan exclusivamente con este documento, que es su plena prueba, sin que sea posible para la entidad o el proponente solicitar o aportar otra documentación.
Establece la regla central sobre la acreditación exclusiva de los requisitos habilitantes mediante el RUP, con efectos de plena prueba, limitando la actuación de entidades y proponentes.
Respecto de la capacidad financiera, esta debe inscribirse, renovarse o actualizarse en el RUP con los estados financieros del proponente, suscritos por el representante legal y el revisor fiscal, si cuenta con él, o cuando es una sociedad no obligada a tenerlo, estos documentos también deben suscribirse por el auditor o contador. De esta manera, lo que se verifica con el RUP es que el proponente tenga los indicadores financieros solicitados por la entidad, que le permitan satisfacer la necesidad que se contrata mediante el procedimiento de selección.
Detalla los requisitos y formalidades para inscribir la capacidad financiera en el RUP, incluyendo excepciones para sociedades nuevas sin revisor fiscal.
Si la persona jurídica con menos de 3 años de constituida registra la experiencia de sus socios en el RUP, y este es renovado, puede continuar utilizando la experiencia inscrita mientras no cesen los efectos del RUP. Por el contrario, si no se renueva y la persona jurídica supera los 3 años de constituida, la experiencia que registró de sus socios no puede ser inscrita nuevamente, puesto que los efectos del RUP cesaron y la Cámara de Comercio tiene que hacer nuevamente la verificación documental de la información presentada al momento de inscribirse en el registro.
Explica la conservación de la experiencia inscrita por socios en el RUP, condicionada a la renovación del registro y a la vigencia del mismo.
MateriasCapacidad Financiera · Capacidad Organizacional · Registro Único De Proponentes · Requisitos Habilitantes · Sociedades Nuevas · Experiencia de socios · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/C-233-de-2020.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-233 de 2020
Número2202013000002773
Fecha del documento16 de abril de 2020
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 66a5fdab8ebf….

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