Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Consulta sobre la forma de relacionar en el Plan Anual de Adquisiciones los recursos para financiar bienes, obras o servicios con cargo a gastos de funcionamiento e inversión
1_2026_02_18_002110 · 26 de marzo de 2026Contratación estataldecreto 1082 de 2015gastos de funcionamientogastos de inversiónplan anual de adquisicionesrecursos públicoscontratación estatalguía para elaborar el plan anual de adquisicionesinformación a relacionarinformación complementariainformación mínimanociónobligatoriedad de elaboraciónColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Consulta sobre la forma de relacionar en el Plan Anual de Adquisiciones los recursos para financiar bienes, obras o servicios con cargo a gastos de funcionamiento e inversión |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance y contenido del Plan Anual de Adquisiciones (PAA) en el marco de la contratación estatal colombiana. Fija la posición de que el PAA es un instrumento de planeación estimativo, cuya información esencial se limita a la identificación de los bienes, obras o servicios que la entidad estatal pretenda adquirir durante la vigencia fiscal, sin imponer requisitos formales sobre la forma de relacionar los recursos públicos que financiarán dichas adquisiciones. Aunque la norma exige incluir datos complementarios como el valor estimado, el tipo de recursos, la modalidad de selección y la fecha aproximada de inicio del proceso, no establece un formato específico para desagregar estos recursos cuando provienen de rubros presupuestales distintos (funcionamiento o inversión). Así, la entidad contratante tiene discrecionalidad para definir la manera de presentar esta información, siempre que cumpla con los mínimos legales. El concepto advierte que no resuelve casos particulares ni valida actuaciones concretas, sino que orienta sobre la interpretación general de las normas aplicables, destacando el carácter estimativo del PAA y su finalidad como herramienta de planeación contractual, no como documento vinculante para la ejecución presupuestal. |
| Problema jurídico | Determinar si las normas que regulan el Plan Anual de Adquisiciones exigen desagregar en el plan los recursos públicos destinados a gastos de funcionamiento e inversión para cada adquisición específica |
| Fragmentos citables | La Guía para elaborar el Plan Anual de Adquisiciones de esta Agencia, define al Plan Anual de Adquisiciones, en adelante PAA como “un instrumento de planificación y orientación de la contratación de las Entidades Estatales, diseñado para identificar las necesidades de contratación, en el que se incluyen, de manera estimativa, los bienes, obras y servicios que la Administración Pública está interesada en adquirir para determinada vigencia”. Sin perjuicio de lo anterior, el PAA no restringe las decisiones en la contratación que habrán de adoptarse dentro de la anualidad respectiva, por lo que se considera un documento de carácter estimativo que tiene entre otras finalidades, la de “servir como referente inicial para evaluar la ejecución de presupuesto y pronosticar la demanda de bienes y servicios de la entidad durante el año referido del plan”. el artículo 2.2.1.1.1.4.1. del Decreto 1082 de 2015, señala que “las entidades deben elaborar un plan anual de adquisiciones, el cual debe contener la lista de bienes, obras y servicios que pretenden adquirir durante el año”. Este aparte permite extraer el contenido esencialísimo del mismo, pues los enlista como requisitos mínimos del plan. Luego, la norma establece el deber de incluir otra información: “la Entidad Estatal debe señalar la necesidad y cuando conoce el bien, obra o servicio que satisface esa necesidad debe identificarlo utilizando el Clasificador de Bienes y Servicios, e indicar el valor estimado del contrato, el tipo de recursos con cargo a los cuales la Entidad Estatal pagará el bien, obra o servicio, la modalidad de selección del contratista, y la fecha aproximada en la cual la Entidad Estatal iniciará el Proceso de Contratación” la obligación de incluir información en el Plan Anual de Adquisiciones se fundamenta en que se trate de la adquisición de bienes, obras o servicios por parte de la entidad, y no se encuentra condicionada por la naturaleza de la información complementaria –modalidad de contratación, valor forma de pago, tipo de recursos, etc.– relacionada con la información principal, máxime cuando la obligación de enlistar está consagrada en la norma respecto de los bienes, obras o servicios a adquirir, y no respecto de los procesos de contratación, lo cual otorga cierta importancia a ese primer aspecto, más que a su forma de contratación. las normas que regulan el PAA, las cuales fueron previamente expuestas, no contemplan la forma en la que las Entidades Estatales deberán “publicar” en este, la “adquisición de un bien o servicio, cuando se trata de una compra específica que se financiará a través del presupuesto público desagregado en diferentes rubros tanto de gasto de funcionamiento como de inversión”, pues lo que solicita el artículo 2.2.1.1.1.4.1. del Decreto 1082 de 2015 a las entidades, entre otros aspectos, es que estas cuando conozcan el bien, obra o servicio a satisfacer, indiquen el tipo de recursos con cargo a los cuales los pagarán, sin indicar la manera en la que esto deba desagregarse. |
| Materias | Decreto 1082 De 2015 · Gastos de funcionamiento · Gastos de inversión · Plan anual de adquisiciones · Recursos públicos · Contratación estatal · Guía Para Elaborar El Plan Anual De Adquisiciones · Información a Relacionar · Información Complementaria · Información Mínima · Noción · Obligatoriedad De Elaboración |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/03/C-242.docx |
| Documentos relacionados |
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Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: a0e7bc343e90….
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