Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Régimen jurídico aplicable a las ESAL con participación mayoritaria del Estado según el Decreto 092 de 2017

1_2026_02_18_002124 · 4 de marzo de 2026

EpígrafeRégimen jurídico aplicable a las ESAL con participación mayoritaria del Estado según el Decreto 092 de 2017
Resumen

Colombia Compra Eficiente conceptúa que el régimen jurídico del Decreto 092 de 2017, que regula los contratos del artículo 355 de la Constitución Política y los convenios de asociación del artículo 96 de la Ley 489 de 1998, únicamente es aplicable a las entidades privadas sin ánimo de lucro (ESAL). Fija la posición de que las personas jurídicas sin ánimo de lucro con participación mayoritaria del Estado no pueden ser consideradas como ESAL para efectos de estos negocios jurídicos, pues al tener participación pública mayoritaria adquieren la calidad de entidades públicas según el literal a) del artículo 2.1 de la Ley 80 de 1993. Precisa que, en consecuencia, tales entidades no son destinatarias del régimen especial del Decreto 092 de 2017, debiendo aplicar las normas generales de contratación pública. Además, señala que la aplicación de este decreto no depende exclusivamente del carácter de la entidad contratista, sino del objeto del contrato o convenio, el cual debe corresponder a programas o actividades de interés público acordes con los planes de desarrollo y carecer de contraprestación directa a favor de la entidad estatal, así como de instrucciones precisas para su ejecución. Establece que, en los convenios de asociación, la competencia es la regla general, salvo cuando la ESAL aporte recursos en dinero por al menos el 30% del valor total del convenio, caso en el cual no se requiere proceso competitivo.

Problema jurídico

Determinar si el régimen jurídico del Decreto 092 de 2017 es aplicable a las personas jurídicas sin ánimo de lucro con participación mayoritaria del Estado

Fragmentos citables
los convenios de asociación «[t]ienen como finalidad que la entidad estatal, cualquiera que sea su naturaleza y orden administrativo, se asocien con personas jurídicas particulares para el desarrollo conjunto de actividades relacionadas con los cometidos y funciones asignadas a aquellas conforme a la Constitución y a la Ley». En estos convenios existen aportes dirigidos, especialmente, a lograr la ejecución del convenio. De todos modos, la entidad deberá adelantar un proceso competitivo, salvo cuando la ESAL comprometa recursos en dinero para la ejecución de estas actividades, en una proporción no inferior al 30% del valor total del convenio. El convenio de asociación no es conmutativo, y por tanto, la entidad no instruye al contratista para desarrollar los programas o actividades previstas, sino que se asocia con él para el cumplimiento de objetivos comunes
Establece la finalidad y características de los convenios de asociación, regulados por el Decreto 092 de 2017.
Luego, las personas jurídicas sin ánimo de lucro con participación mayoritaria del Estado son entidades públicas; razón por la cual, al no tener el carácter de “entidades privadas sin ánimo de lucro”, no son destinatarias del régimen jurídico especial del Decreto 092 de 2017
Sintetiza la razón por la cual las ESAL con participación mayoritaria del Estado no son destinatarias del régimen del Decreto 092 de 2017.
MateriasConvenios De Asociación · Decreto 092 De 2017 · Decreto Ley 4170 de 2011 · Contratos del artículo 355 de la Constitución Política · Entidades sin ánimo de lucro (ESAL) · Ley 1150 de 2007 · Ley 80 de 1993 · Participación mayoritaria del Estado · Contratación estatal · Contratación Con Esal · Alcance · Aplicación · Clases de contratos · Contrato De Asociación · Contrato de colaboración · Criterios · Finalidad · Límites legales · Multiplicidad de sujetos · Normativa vigente · Objeto
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/03/C-251.docx
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Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-251 de 2026
Número1_2026_02_18_002124
Fecha del documento4 de marzo de 2026
Fecha de publicación4 de marzo de 2026
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: a927c3d0b81f….

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