Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Aplicación obligatoria de documentos tipo de infraestructura social en obras y servicios judiciales
1_2026_02_18_002194 · 19 de marzo de 2026Contratación estataldocumentos tipointerventoríaobra públicaexperiencia adicionalinfraestructura socialmatriz de experienciasedes judicialescontratación estatalcombinación de experienciasector socialactividad principal y secundariaaplicaciónbienes, obras o servicios adicionales a la obra públicafundamento normativoinfraestructura de socialobligatoriedadreglasvigentesColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Aplicación obligatoria de documentos tipo de infraestructura social en obras y servicios judiciales |
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| Resumen | Este concepto, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, fija la posición interpretativa sobre la aplicación obligatoria de los documentos tipo en el sector de infraestructura social, específicamente para obras, interventorías y consultorías relacionadas con edificaciones institucionales judiciales. La autoridad conceptúa que, a partir del 16 de febrero de 2026, los procesos contractuales cuyo objeto incluya actividades como adecuación, mantenimiento, mejoramiento, reparación locativa o interventoría sobre infraestructura institucional judicial deben aplicar los documentos tipo adoptados mediante las Resoluciones 539, 540, 541 (obra pública) y 953 (interventoría) de 2025, siempre que dichas actividades estén incluidas en la Matriz 1 – Experiencia del sector Institucional. Además, precisa que para contratos que combinen obras públicas con bienes o servicios adicionales no cubiertos por los documentos tipo (como dotación), la entidad puede exigir experiencia adicional bajo parámetros específicos. También señala que los estudios y diseños de sedes judiciales pueden regirse por los documentos tipo de consultoría (Resolución 952 de 2025), aplicando reglas de combinación de experiencia. La fundamentación se basa en la competencia otorgada por la Ley 2022 de 2020 y en las definiciones de la Norma Sismorresistente NSR-10, que clasifica las edificaciones judiciales como infraestructura institucional de servicio público. |
| Problema jurídico | Determinar el alcance de la aplicación obligatoria de los documentos tipo de infraestructura social en obras y servicios judiciales, incluyendo reparaciones locativas, mantenimiento, interventoría, estudios, diseños, construcción, dotación y puesta en funcionamiento de sedes judiciales |
| Fragmentos citables | Las Resoluciones 539, 540 y 541 del 21 de agosto de 2025, así como las Resoluciones 952 y 953 del 15 de diciembre de 2025, adoptadas en el sector de infraestructura social, aplican de forma transversal a las modalidades de selección indicadas y a los proyectos de infraestructura, interventoría y consultoría enmarcados dentro de los sectores educativo, salud, cultura, recreación y deporte, institucional y vivienda, en los procesos de selección cuyo aviso de convocatoria se publique a partir del 16 de febrero de 2026. Para establecer si determinado objeto contractual se encuentra cobijado o no por los documentos tipo, es necesario determinar si el mismo se enmarca en los tipos de infraestructura, modalidades de selección y tipos de obra estandarizadas en las respectivas matrices de experiencia. De esta manera, solo resulta obligatoria la aplicación de un documento tipo en particular cuando se ha establecido que el objeto contractual y la modalidad en la que debe contratarse están dentro del ámbito de aplicación de las resoluciones expedidas por esta Agencia mediante las cuales se adoptan documentos tipo. En los documentos tipo complementarios del Institucional, en la modalidad de licitación pública, selección abreviada de menor cuantía y mínima cuantía, en la Matriz 1 se encuentra el Capítulo dos (2) “Obras en proyectos de infraestructura institucional de servicio público”. En este se incluyen de manera general las actividades de adecuación, conservación, intervención, mantenimiento, mejoramiento, modificación, optimización, rehabilitación, remodelación, reposición, reparación locativa, restauración, restitución, terminación, entre otras, sobre infraestructura de servicio público. De acuerdo con la definición del Subgrupo de Ocupación Institucional y las edificaciones que este comprende, dentro de este se encuentran las edificaciones institucionales judiciales, entendidas estas como el lugar físico -edificio, oficina- donde un órgano de la administración de justicia -tribunal, juzgado, etc- ejercen sus funciones. Por lo tanto, al ser espacios destinados a la administración de justicia, actividad que reviste naturaleza de servicio público esencial, las edificaciones institucionales judiciales deben clasificarse dentro del Subgrupo de Ocupación Institucional de Servicio Público. |
| Materias | Documentos Tipo · Interventoría · Obra Pública · Experiencia adicional · Infraestructura social · Matriz de experiencia · Sedes judiciales · Contratación estatal · Combinación De Experiencia · Sector Social · Actividad principal y secundaria · Aplicación · Bienes, obras o servicios adicionales a la obra pública · Fundamento normativo · Infraestructura de social · Obligatoriedad · Reglas · Vigentes |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/03/C-258.docx |
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Acceso al documento
Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 2cd51dc271dd….
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