Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Alcance interpretativo de las restricciones previstas en los artículos 33 y 38 de la Ley 996 de 2005

1_2026_02_20_002352 acumulada con la Nro. 1_2026_02_20_002374 · 31 de marzo de 2026

EpígrafeAlcance interpretativo de las restricciones previstas en los artículos 33 y 38 de la Ley 996 de 2005
Resumen

El documento conceptúa sobre el alcance interpretativo de las restricciones previstas en los artículos 33 y 38 de la Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías Electorales), precisando su ámbito de aplicación, sujetos obligados y modalidades contractuales afectadas. Fija la posición de que las prohibiciones contenidas en estas normas deben interpretarse restrictivamente, dado su carácter prohibitivo y su finalidad de garantizar igualdad y transparencia en los procesos electorales. En particular, señala que la restricción del artículo 33 —que prohíbe la contratación directa durante los cuatro meses previos a las elecciones presidenciales— se extiende a cualquier sistema de selección que no implique convocatoria pública ni pluralidad de oferentes, excluyendo modalidades como licitación pública, concurso de méritos o selección abreviada. Además, precisa que el parágrafo del artículo 38 prohíbe a gobernadores, alcaldes y directivos de entidades territoriales celebrar convenios interadministrativos para la ejecución de recursos públicos en cualquier tipo de contienda electoral, sin excepciones, incluso cuando se configuren supuestos de emergencia. El documento también distingue el alcance de las restricciones según el tipo de elección (presidencial o de otros cargos), integrando parcialmente las prohibiciones y aclarando su vigencia en contextos de segunda vuelta electoral. Finalmente, enfatiza que estas normas buscan evitar el uso irregular de recursos públicos y preservar la neutralidad de los servidores en procesos electorales.

Problema jurídico

Determinar el alcance interpretativo de las restricciones previstas en los artículos 33 y 38 de la Ley 996 de 2005, en particular su aplicación a la contratación directa y a los convenios interadministrativos durante el período de garantías electorales

Fragmentos citables
Por ello, varias de las disposiciones de la Ley 996 de 2005, al contener normas prohibitivas, no admiten una interpretación amplia, sino que deben interpretarse restrictivamente.
Establece el principio interpretativo fundamental del documento, clave para entender el alcance de las restricciones electorales.
MateriasContratación Directa · Convenios Interadministrativos · Decreto Ley 4170 de 2011 · Ley De Garantías Electorales · Resolución 1707 de 2018 · Constitución política de 1991 · Ley 1150 de 2007 · Ley 80 de 1993 · Ley 996 de 2005 · Sentencia c-1153 de 2005 · Contratación estatal · Contratos Y Convenios Interadministrativos · Ámbito temporal · Celebración · Criterio orgánico · Definición · Finalidad · Límite · Tipo de restricciones
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/04/C-269.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-269 de 2026
Número1_2026_02_20_002352 acumulada con la Nro. 1_2026_02_20_002374
Fecha del documento31 de marzo de 2026
Fecha de publicación1 de abril de 2026
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: ba2d689e93ab….

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