Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Concepto sobre factores de calidad en Documentos Tipo – Versión 2: mantenimiento adicional, garantía suplementaria y cuadrillas de trabajo

2202013000004155 · 26 de mayo de 2020

EpígrafeConcepto sobre factores de calidad en Documentos Tipo – Versión 2: mantenimiento adicional, garantía suplementaria y cuadrillas de trabajo
Resumen

Este concepto de la Agencia Nacional de Contratación Pública − Colombia Compra Eficiente fija la posición interpretativa sobre el alcance de los factores de calidad en los Documentos Tipo Versión 2 para licitaciones de obra pública de infraestructura de transporte, precisando su régimen jurídico, condiciones de exigibilidad y límites. El documento conceptúa que el mantenimiento adicional ofrecido como factor de calidad debe ejecutarse durante la fase de ejecución del contrato y no puede extenderse a la etapa de liquidación, pues su cumplimiento se garantiza mediante sanciones contractuales durante la ejecución. Respecto a la garantía adicional, señala que no requiere respaldo de aseguradora, pudiendo ser otorgada directamente por el contratista, y excluye de su cobertura el deterioro natural o por uso inadecuado. Sobre las cuadrillas de trabajo adicional, define su composición (cinco obreros) y aclara que el oferente tiene autonomía para determinar su número, sin que el Documento Tipo establezca límites, pero su incumplimiento genera multas contractuales. Además, establece que la entidad puede incluir en el contrato obligaciones específicas para verificar el cumplimiento de estos factores, siempre dentro del marco de los principios de proporcionalidad y razonabilidad.

Problema jurídico

Determinar el alcance y obligatoriedad de los factores de calidad en los Documentos Tipo – Versión 2, específicamente sobre mantenimiento adicional, garantía suplementaria y cuadrillas de trabajo, así como su relación con la liquidación contractual y las herramientas de control de la administración.

Fragmentos citables
En el «Documento Base» se indica que el ofrecimiento del «Mantenimiento adicional» contará a partir de la terminación de las obras objeto del Proceso de Contratación y hará parte del periodo de ejecución del contrato. En este sentido, no es posible que este mantenimiento sea ofrecido durante o después de la liquidación, ya que se debe realizar durante la ejecución del contrato. Una vez finalizado el plazo ofrecido de «Mantenimiento adicional» será posible liquidarlo.
Establece el núcleo de la posición sobre el mantenimiento adicional: su ejecución durante la fase contractual y no en liquidación, definiendo el supuesto de hecho y el límite temporal.
La «Garantía Suplementaria o Adicional» es aquella otorgada por el contratista, distinta a la legal, cuando amplíe o mejore gratuitamente la cobertura de esta, asociada a la estabilidad y calidad de la obra. En este sentido, el proponente concederá la garantía adicional a través de una aseguradora, o puede hacerlo directamente como ocurre con la garantía comercial que se otorga sobre un producto. Es decir, la posibilidad de obtener puntaje por este factor no se encuentra sujeta a la existencia de un seguro que respalde el amparo adicional, dado que el proponente puede otorgar la garantía por sí mismo.
Define el alcance de la garantía adicional y aclara que no requiere respaldo de aseguradora, precisando el fundamento de la posición sobre este factor de calidad.
El «Documento Tipo» define las cuadrillas como el personal obrero adicional para un frente o unidad de trabajo que requiera el proyecto de infraestructura de trabajo, la cual deberá ser de cinco (5) obreros. Además, la cuadrilla que ofrezca el oferente debe cumplir las condiciones previstas por la entidad en el pliego. De esta forma, las cuadrillas que ofrezcan los oferentes deben realizar las actividades por el tiempo requerido por la Administración. Sin embargo, no es necesario que defina el tipo, sino sólo el número de cuadrillas que vinculará.
Establece la definición de cuadrilla y la autonomía del oferente para determinar su número, clave para entender el régimen de este factor de calidad.
En razón a que el ofrecimiento del «Mantenimiento adicional» hace parte de la ejecución del contrato, forma parte de las obligaciones previstas en el «Anexo 5- Minuta del Contrato». En la «Cláusula 9. OBLIGACIONES GENERALES» la entidad puede seleccionar algunas de las obligaciones, combinarlas, eliminar o incluir las que considere convenientes. En este sentido, la Agencia Nacional de Contratación Pública incluye la siguiente obligación: «Acreditar el cumplimiento del factor de calidad ofrecido durante la fase de selección en los plazos acordados con la Entidad».
Precisa cómo se incorpora la obligación de mantenimiento adicional en el contrato y la facultad de la entidad para incluir mecanismos de verificación, vinculando el factor de calidad a sanciones contractuales.
MateriasDocumentos Tipo · Liquidación Contractual · Cuadrillas de trabajo adicional · Factores de calidad · Garantía suplementaria · Mantenimiento adicional · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/C-276-de-2020.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-276 de 2020
Número2202013000004155
Fecha del documento26 de mayo de 2020
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 97988f30543f….

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