Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Asociaciones de municipios: conformación, naturaleza jurídica y régimen de contratación interadministrativa

P20210502003750 · 18 de junio de 2021

EpígrafeAsociaciones de municipios: conformación, naturaleza jurídica y régimen de contratación interadministrativa
Resumen

El documento, emitido por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la posibilidad de que las asociaciones de municipios celebren contratos interadministrativos mediante contratación directa para la ejecución de obras civiles y proyectos de infraestructura. Fija la posición de que, aunque las asociaciones de municipios tienen naturaleza de entidades administrativas de derecho público con personería jurídica propia, su capacidad para contratar con entidades estatales se encuentra limitada por la Ley 1150 de 2007. Esta norma, al derogar disposiciones anteriores que permitían la celebración directa de convenios interadministrativos, exige que tales asociaciones participen en procesos competitivos regulados por la misma ley, en igualdad de condiciones con los particulares. Así, se prohíbe expresamente la modalidad de contratación directa, incluyendo la causal de contratos interadministrativos, para celebrar obras públicas u otros objetos contractuales, salvo excepciones puntuales no aplicables a este caso. La autoridad reitera su postura en conceptos anteriores, destacando que la viabilidad de cada contrato dependerá de evaluaciones técnicas, jurídicas y financieras por parte de la entidad estatal correspondiente.

Problema jurídico

Determinar si las asociaciones de municipios pueden celebrar contratos interadministrativos mediante contratación directa para ejecución de obras civiles y proyectos de infraestructura

Fragmentos citables
Las Asociaciones de Municipios y los Municipios pueden celebrar contratos interadministrativos mediante el sistema de contratación directa, para la ejecución de obras civiles y proyectos de infraestructura?
Pregunta central que motiva el concepto y cuya respuesta define el alcance de la posición jurídica adoptada por la autoridad.
Las cooperativas y asociaciones conformadas por entidades territoriales deberán someterse a los procesos de selección de la Ley 1150 de 2007, en igualdad de condiciones con los particulares, es decir, que las asociaciones de entidades territoriales ni las cooperativas podrán suscribir de manera directa convenios interadministrativos, ya que, de hacerlo, incumplirían este mandato.
Regla jurídica central que prohíbe la celebración directa de contratos interadministrativos por parte de las asociaciones de entidades territoriales, incluyendo las de municipios.
La celebración de contratos de entidades estatales con asociaciones o cooperativas de entidades territoriales y en general con entes solidarios, se someterá a los procesos de selección de que trata la presente ley, en los que participarán en igualdad de condiciones con los particulares.
Fundamento normativo que establece el requisito de procesos competitivos para las asociaciones de entidades territoriales al contratar con entidades estatales.
las asociaciones de municipios sí pueden contratar con un municipio o departamento la ejecución de obras públicas. Sin embargo, no lo podrán hacer a través de la causal de contratación directa de contratos interadministrativos, para efectos de celebrar directamente el contrato, pues su escogencia se debe llevar a cabo luego de surtido un proceso competitivo, como el de licitación pública o la modalidad de selección que corresponda.
Conclusión final del concepto que sintetiza la posición adoptada y sus límites, aclarando la viabilidad de contratar bajo ciertas condiciones.
MateriasAsociaciones De Entidades Territoriales · Asociaciones De Municipios · Contratos Interadministrativos · Selección Objetiva · Entidades territoriales · Ley 1150 de 2007 · Contratación estatal · Celebración Convenios Interadministrativos
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1626273584298-C-284.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-284 de 2021
NúmeroP20210502003750
Fecha del documento18 de junio de 2021
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 85105b4333d3….

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