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Convenios de asociación bajo el artículo 355 de la Constitución Política y el Decreto 092 de 2017: autonomía del asociado, régimen de inhabilidades e incompatibilidades y alcance de la supervisión estatal

1_2026_02_25_002596 · 25 de marzo de 2026

EpígrafeConvenios de asociación bajo el artículo 355 de la Constitución Política y el Decreto 092 de 2017: autonomía del asociado, régimen de inhabilidades e incompatibilidades y alcance de la supervisión estatal
Resumen

El documento conceptúa sobre el alcance de los convenios de asociación celebrados entre entidades públicas y entidades sin ánimo de lucro (ESAL) bajo el régimen del artículo 355 de la Constitución Política y el Decreto 092 de 2017. Fija la posición de que estos convenios se caracterizan por no generar obligaciones onerosas recíprocas, permitiendo al asociado conservar autonomía administrativa, técnica y operativa para organizar y gestionar el talento humano necesario para ejecutar el objeto contractual. Sin embargo, la entidad pública contratante mantiene un deber de vigilancia y control para garantizar el uso adecuado de los recursos públicos, sin sustituir ni coadministrar la gestión del asociado. Además, precisa que el régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993 aplica principalmente a los representantes legales del contratista, sin extenderse automáticamente al talento humano operativo vinculado por el asociado, salvo que la ley especial así lo disponga. La supervisión contractual no puede imponer requisitos adicionales no previstos en el convenio, estudios previos o documentos contractuales, pero sí solicitar información complementaria para efectos de control. La interpretación de las normas sobre inhabilidades e incompatibilidades debe ser restrictiva y ceñirse al tenor literal de la ley, conforme a la jurisprudencia constitucional y del Consejo de Estado.

Problema jurídico

Determinar el alcance de la autonomía del asociado en convenios de asociación regulados por el artículo 355 de la Constitución Política y el Decreto 092 de 2017, así como la aplicabilidad del régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993

Fragmentos citables
El régimen de inhabilidades e incompatibilidades previsto en el artículo 8 de la Ley 80 de 1993 aplica al representante del contratista, pues son quien ostentan la calidad de parte contratista frente al Estado. En principio, este régimen no se extiende automáticamente al talento humano operativo que el asociado vincule para la ejecución del convenio, dado que dicho personal no adquiere la condición de contratista ni de representante legal.
Precisa el alcance del régimen de inhabilidades e incompatibilidades en los convenios de asociación, limitándolo a los representantes legales del contratista y excluyendo al personal operativo vinculado por el asociado.
MateriasArtículo 355 de la Constitución Política · Convenios De Asociación · Decreto 092 De 2017 · Inhabilidades E Incompatibilidades · Supervisión contractual · Contratación estatal · Inhabilidades · Integración Normativa · Supervisión · Artículo 5 del Decreto 092 de 2017 · Artículo 96 de la Ley 489 de 1998 · Clases · Convenios de interés público · Deber de Vigilancia · Definición · Estado y particulares · Finalidad · Formas de colaboración o cooperación · Fundamento · Interpretación restrictiva · Limitación capacidad contractual · Nueva Guía para la contratación con Entidades Sin Ánimo de Lucro y reconocida idoneidad · Principio de legalidad · Reglas · Requisitos · Seguimiento · Taxatividad
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/03/C-295.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-295 de 2026
Número1_2026_02_25_002596
Fecha del documento25 de marzo de 2026
Fecha de publicación26 de marzo de 2026
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: e112bab0f6f4….

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