Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Procedimiento del concurso de méritos abierto o con precalificación tras Decreto 399 de 2021 y suspensión provisional de numerales del Decreto 1082 de 2015

P20210505003892 · 17 de junio de 2021

EpígrafeProcedimiento del concurso de méritos abierto o con precalificación tras Decreto 399 de 2021 y suspensión provisional de numerales del Decreto 1082 de 2015
Resumen

El documento conceptúa sobre el procedimiento del concurso de méritos para la selección de consultores en entidades estatales, precisando su alcance tras modificaciones normativas y pronunciamientos judiciales. Fija la posición de que, tras la reforma del artículo 2.2.1.2.1.3.2 del Decreto 1082 de 2015 por el Decreto 399 de 2021, el concurso de méritos abierto o con precalificación debe desarrollarse sin incluir el precio como factor de escogencia, eliminando etapas de negociación económica y verificando el cumplimiento de requisitos habilitantes —incluyendo no superar el presupuesto oficial— antes de publicar el informe de evaluación. La adjudicación se realiza al oferente con mayor puntaje que cumpla todos los requisitos, sin revisión posterior del valor de la oferta. Además, señala que las audiencias públicas de adjudicación tienen carácter potestativo y que los estudios previos deben incluir las variables para calcular el valor estimado del contrato, garantizando transparencia. Finalmente, aclara que no se requieren ajustes inmediatos en la plataforma SECOP II, pero se trabaja en su adaptación técnica.

Problema jurídico

Determinar la procedencia y alcance de la audiencia para revisión de oferta económica en el concurso de méritos tras la modificación introducida por el Decreto 399 de 2021 y los autos de suspensión provisional del Consejo de Estado sobre el Decreto 1082 de 2015

Fragmentos citables
El concurso de méritos es un procedimiento de selección que deben realizar las entidades estatales para escoger «consultores y proyectos», es decir, para celebrar contratos de consultoría, entendidos estos últimos como aquellos «[…] que celebren las entidades estatales referidos a los estudios necesarios para la ejecución de proyectos de inversión, estudios de diagnóstico, prefactibilidad o factibilidad para programas o proyectos específicos, así como a las asesorías técnicas de coordinación, control y supervisión», según lo dispuesto en el artículo 32, numeral 2, de la Ley 80 de 1993.
Define el objeto del concurso de méritos y su marco legal, esencial para entender el alcance del concepto.
El Consejo de Estado consideró que los numerales 3, 4 y 5 violarían el artículo 5, numeral 4, último inciso, de la Ley 1150 de 2007, pues señaló que: «en ningún caso se podrá incluir el precio, como factor de escogencia para la selección de consultores», así como el artículo 25, numeral 2, de la Ley 80 de 1993 que dispone lo siguiente: «[…] las normas de los procedimientos contractuales se interpretarán de tal manera que no den ocasión a seguir trámites distintos y adicionales a los expresamente previstos […]».
Fundamento jurisprudencial que justifica la exclusión del precio como factor de escogencia en el concurso de méritos.
MateriasAudiencias Públicas · Decreto 1082 De 2015 · Decreto 399 De 2021 · Secop Ii · Concurso de meritos · Suspensión provisional · Contratación estatal · Concepto
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1624043291632-C-297.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-297 de 2021
NúmeroP20210505003892
Fecha del documento17 de junio de 2021
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: ef199263a87d….

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