Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Planeación contractual y estudios previos en la contratación estatal

P20230608012195 · 26 de julio de 2023

EpígrafePlaneación contractual y estudios previos en la contratación estatal
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de la planeación contractual, los estudios previos y la determinación del precio en los contratos estatales, así como sobre la remuneración en los contratos de interventoría. Fija la posición de que la planeación contractual es un deber de gerencia pública que exige elaborar estudios previos para identificar necesidades, modalidades contractuales, características técnicas, costos, disponibilidad presupuestal y proveedores, con el fin de garantizar la eficiencia, transparencia y economía en la contratación estatal. Señala que los estudios previos deben contener el valor estimado del contrato, justificado con análisis de mercado y sectorial, y que su deficiencia puede generar irregularidades. Además, precisa que la determinación del precio en los contratos estatales no está sujeta a un único método, sino que depende de la autonomía de la entidad, la cual debe definir la metodología más adecuada según el tipo de contrato, siempre que se ajuste a los principios de economía y eficiencia. Finalmente, conceptúa que la remuneración en los contratos de interventoría debe ser establecida por la entidad contratante, sin que exista una metodología obligatoria, pero siempre enmarcada en los principios de moralidad administrativa y transparencia.

Problema jurídico

Determinación de la metodología para calcular el precio en contratos de interventoría o consultoría (factor multiplicador vs. sistema global de costos)

Fragmentos citables
La planeación contractual es una herramienta de gerencia pública, que exige estructurar el proceso contractual dedicando tiempo y esfuerzos para elaborar estudios previos, con el fin de determinar la necesidad que pretende satisfacer la entidad estatal y cuál es la mejor manera de hacerlo, consultando el tipo de bienes y servicios que ofrece el mercado y sus características, especificaciones, precios, costos, riesgos, garantías, disponibilidad, oferentes, etc.
Define el alcance y propósito de la planeación contractual, base para entender los estudios previos y su importancia en la contratación estatal.
De esta manera, antes de iniciar un procedimiento de selección, la entidad estatal podrá determinar con los estudios previos: i) la verdadera necesidad de la celebración del contrato; ii) las modalidades existentes para satisfacer esa necesidad y las razones que justifiquen la modalidad o tipo contractual que se escoja; iii) las calidades, especificaciones, cantidades y demás características que puedan o deban reunir los bienes, las obras o los servicios cuya contratación se haya determinado necesaria, iv) los costos, valores y alternativas que, a precios de mercado reales, podría demandar la celebración y ejecución del contrato, v) la disponibilidad de recursos o la capacidad financiera de la entidad contratante, para asumir las obligaciones de pago producto de la celebración de ese pretendido contrato; vi) la existencia y disponibilidad, en el mercado nacional o internacional, de proveedores, constructores, profesionales, etc., en condiciones de atender los requerimientos y satisfacer las necesidades y vii) los procedimientos, trámites y requisitos que deban satisfacerse, reunirse u obtenerse para llevar a cabo la selección del respectivo contratista y la celebración del contrato que se pretenda celebrar.
Enumeración detallada de los elementos que deben contener los estudios previos, clave para la validez y eficacia de los procesos de contratación.
Si bien la normativa en materia de contratación estatal establece la obligatoriedad de realizar el análisis necesario para conocer el sector relativo al objeto del proceso de contratación, no determinan un procedimiento específico para efectuar dicho análisis por lo que las entidades son autónomas para estructurarlo, para lo cual deberán cumplir lo dispuesto en el artículo 2.2.1.1.1.6.1 del Decreto 1082 de 2015 y realizar un análisis integral de planeación que sirva de sustento a la decisión de realizar un proceso de contratación.
Establece la autonomía de las entidades para estructurar el análisis sectorial, siempre que cumplan con los requisitos mínimos previstos en la normativa.
MateriasContrato De Interventoría · Estudios Previos · Factor Multiplicador · Interventoría · Sistema de precios unitarios · Contratación estatal · Ejecución Del Contrato · Autonomía · Contratos estatales · Determinación · Noción · Valor del contrato
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1710534849514-C-305.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-305 de 2023
NúmeroP20230608012195
Fecha del documento26 de julio de 2023
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 4f35868939f6….

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