Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Pliegos tipo y requisitos habilitantes en la contratación pública
P20210514004189 · 29 de junio de 2021Contratación estataldocumentos tipopliegos tiporequisitos habilitantesexperiencia de proponentesinalterabilidad de documentos tipoproponentes pluralescontratación estatalexperienciaprueba de la experienciaColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Pliegos tipo y requisitos habilitantes en la contratación pública |
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| Resumen | Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance y aplicación de los documentos tipo en los procesos de contratación estatal, en particular respecto a la experiencia como requisito habilitante y su acreditación por proponentes plurales. Fija la posición de que los documentos tipo son de obligatorio cumplimiento para las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública, conforme a la regla de inalterabilidad que prohíbe modificar sus condiciones habilitantes, factores técnicos y económicos, o sistemas de ponderación, salvo en los aspectos permitidos. Además, precisa que la experiencia como requisito habilitante debe acreditarse por todos los integrantes de un proponente plural, salvo que uno de ellos no aporte experiencia, en cuyo caso su participación no podrá superar el 5%. El fundamento normativo se sustenta en la Ley 2022 de 2020, la Ley 1882 de 2018, y resoluciones de Colombia Compra Eficiente, que ratifican la obligatoriedad y rigidez de estos documentos para garantizar transparencia y agilidad en los procedimientos de selección. |
| Problema jurídico | Determinar el alcance de la regla de inalterabilidad de los documentos tipo y los requisitos de experiencia para proponentes plurales en procesos de contratación estatal |
| Fragmentos citables | Todas las resoluciones expedidas por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, mediante las cuales se han adoptado los pliegos tipo, consagran la regla de la inalterabilidad de los Documentos Tipo. Esta prohibición consiste en que las entidades estatales no pueden incluir o modificar en los Documentos del Proceso las condiciones habilitantes, los factores técnicos y económicos de escogencia y los sistemas de ponderación distintos a los señalados en los Documentos Tipo. Tratándose de proponentes plurales se tendrá en cuenta lo siguiente: i) uno de los integrantes debe aportar como mínimo el cincuenta por ciento (50%) de la experiencia exigida; ii) los demás integrantes deben acreditar al menos el cinco por ciento (5%) de la experiencia requerida; y iii) sin perjuicio de lo anterior, solo uno de los integrantes, si así lo considera pertinente, podrá no acreditar experiencia. En este último caso, el porcentaje de participación del integrante que no aporta experiencia en la estructura plural no podrá superar el cinco por ciento (5%). En consecuencia, las condiciones establecidas en los documentos tipo son de obligatorio cumplimiento para las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública que adelanten procesos que deban regirse por su contenido, y no pueden variarse los requisitos fijados en ellos. |
| Materias | Documentos Tipo · Pliegos Tipo · Requisitos Habilitantes · Experiencia de proponentes · Inalterabilidad de documentos tipo · Proponentes plurales · Contratación estatal · Experiencia · Prueba De La Experiencia |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1627673386998-C-312.docx |
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