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Ley de Garantías Electorales: restricción a la contratación directa y alcance a entidades con régimen contractual de derecho privado

1_2026_02_27_002770 · 31 de marzo de 2026

EpígrafeLey de Garantías Electorales: restricción a la contratación directa y alcance a entidades con régimen contractual de derecho privado
Resumen

La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente conceptúa que la prohibición de contratación directa establecida en el artículo 33 de la Ley 996 de 2005, conocida como Ley de Garantías Electorales, aplica a todas las entidades públicas sin distinción de su régimen jurídico, naturaleza o destinación de recursos, incluyendo las operadoras de loterías sujetas a un régimen contractual de derecho privado. Esta restricción, dirigida a garantizar neutralidad e imparcialidad en los procesos electorales, prohíbe durante los cuatro meses previos a la elección presidencial cualquier mecanismo de contratación que no incluya convocatoria pública ni permita pluralidad de oferentes, salvo las excepciones taxativas previstas en la norma, como los contratos de entidades sanitarias y hospitalarias. La interpretación de la prohibición es restrictiva, conforme a la jurisprudencia del Consejo de Estado y la Corte Constitucional, y no admite extensiones analógicas. Así, las entidades operadoras de loterías solo podrán celebrar contratos en dicho período mediante modalidades competitivas como licitación pública, concurso de méritos o selección abreviada, sin perjuicio de evaluar su aplicación en casos concretos por las autoridades competentes.

Problema jurídico

¿Las entidades operadoras de loterías y participantes del monopolio rentístico de juegos de suerte y azar, sometidas a un régimen contractual de derecho privado, se encuentran sujetas a la prohibición de contratación directa prevista en el artículo 33 de la Ley 996 de 2005, pese a su naturaleza jurídica y la destinación de recursos al sector salud?

Fragmentos citables
la Ley 996 de 2005, conocida como “Ley de Garantías Electorales”, cuyo propósito es asegurar la neutralidad, transparencia e imparcialidad en los procesos electorales
Define el propósito y alcance de la Ley de Garantías Electorales, base normativa de la restricción analizada.
De tal manera, debe entenderse que, para los efectos de la Ley de Garantías Electorales y, en particular, para la prohibición o restricción temporal contenida en su artículo 33, la “contratación directa” es cualquier sistema de selección o procedimiento de contratación utilizado por las Entidades Estatales que no incluya la convocatoria pública en alguna de sus etapas, ni permita la participación de una pluralidad de oferentes
Precisa el concepto de contratación directa aplicable a la Ley de Garantías Electorales, excluyendo otros sistemas.
el vocablo “todos” utilizado por el legislador comprende a la totalidad de los entes del Estado, sin distinción del régimen jurídico, forma de organización o naturaleza, su pertenencia a una u otra rama del poder público o su autonomía, e incluso si las entidades estatales tienen régimen especial de contratación y están exceptuadas del ámbito de aplicación del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública
Sustenta la aplicación universal de la prohibición, incluso a entidades con régimen especial.
MateriasContratación Directa · Entidades sanitarias y hospitalarias · Excepciones a la prohibición de contratación directa · Monopolio rentístico de juegos de suerte y azar · Régimen contractual de derecho privado · Contratación estatal · Empresas Operadoras De Loterias · Entidades Con Régimen Especial · Ley De Garantías Electorales · Alcance de entidades con régimen contractual de derecho privado · Contratación sujeta al derecho privado · Destinatarios · Excepciones · Finalidad · Naturaleza jurídica · Participación en mercados competitivos · Restricción A La Contratación Directa
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/04/C-321.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-321 de 2026
Número1_2026_02_27_002770
Fecha del documento31 de marzo de 2026
Fecha de publicación14 de abril de 2026
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: b7e143715fe5….

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