Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Selección abreviada – modalidad de selección – naturaleza

P20240710007040 · 20 de agosto de 2024

EpígrafeSelección abreviada – modalidad de selección – naturaleza / selección abreviada menor cuantía - procedencia - procesos de contratación – apertura de sobres / secop i y ii – principio de publicidad y transparencia
Resumen

El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la procedencia de la apertura pública de sobres en procesos de selección abreviada por menor cuantía. Fija la posición de que la necesidad de realizar esta actuación depende de la plataforma en la que se tramite el proceso: en SECOP I se requiere apertura pública en presencia de proponentes o veedores, mientras que en SECOP II la plataforma genera automáticamente una lista de oferentes que hace las veces de acta de cierre, sin necesidad de audiencia. La respuesta se fundamenta en el principio de publicidad y en la regulación contenida en el Decreto 1082 de 2015 y la Circular Externa Única de Colombia Compra Eficiente, precisando que ambos mecanismos garantizan la transparencia del proceso. Además, delimita su competencia consultiva, aclarando que no resuelve casos particulares ni controversias, sino que orienta sobre normas generales de contratación pública.

Problema jurídico

¿Se debe realizar la apertura en público de las ofertas o sobres que contienen las propuestas en un proceso de selección abreviada de menor cuantía?

Fragmentos citables
Aunque la normativa vigente no determina de manera expresa que se deba adelantar una audiencia para la apertura de sobres dentro de los procesos objeto de consulta, la Circular Externa Única proferida por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente ha fijado un criterio para determinar la necesidad de dicha etapa o actuación, en el marco de los diferentes mecanismos previstos para garantizar el principio de publicidad.
Explica el fundamento normativo y la fuente de la regla aplicable, destacando que la Circular Externa Única de Colombia Compra Eficiente regula la materia ante la ausencia de disposición expresa en la ley.
En ambos casos, se garantiza el principio de publicidad, el cual puede materializarse mediante la implementación de distintos mecanismos, sin que tenga una única forma de concreción.
Refuerza el fundamento jurídico del concepto, destacando que el principio de publicidad admite múltiples formas de materialización, según la plataforma utilizada.
MateriasPrincipio De Publicidad · SECOP I y II · Secop Ii · Menor cuantía · Procedimiento de selección · Secop i · Contratación estatal · Compra pública electrónica
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/08/C-324.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-324 de 2024
NúmeroP20240710007040
Fecha del documento20 de agosto de 2024
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación16 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 16 de julio de 2026. Hash del original: 898bbe708b0d….

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