Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Documentos tipo para obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico: alcance de actividades en la Matriz 1 – Experiencia

P20210525004518 · 8 de julio de 2021

EpígrafeDocumentos tipo para obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico: alcance de actividades en la Matriz 1 – Experiencia
Resumen

Este documento conceptúa el alcance y aplicación de los documentos tipo para licitaciones públicas de obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico, adoptados por Colombia Compra Eficiente mediante las Resoluciones 248 y 249 de 2020. Fija la posición de que su obligatoriedad se activa cuando concurren tres condiciones: i) se trate de una obra pública de infraestructura de agua potable y saneamiento básico, ii) el proceso de selección se adelante en modalidad de licitación pública y iii) el objeto contractual esté asociado a las actividades definidas en la «Matriz 1 – Experiencia». Precisa que los documentos tipo son inalterables salvo en aspectos permitidos de diligenciamiento, y delimita el ámbito de aplicación de la matriz, que incluye cinco clases de obras, entre ellas la construcción de acueductos y/o alcantarillados (con obras complementarias) y los proyectos de optimización, mejoramiento, rehabilitación, reforzamiento, reconstrucción o reposición de infraestructuras existentes. Señala que la experiencia exigida a los proponentes varía según la actividad identificada en la etapa de planeación, ya sea para proyectos nuevos o intervenciones sobre infraestructuras preexistentes.

Problema jurídico

Determinar el alcance de las actividades 1. Construcción de acueductos y 2. Optimización/rehabilitación en la Matriz 1 – Experiencia de los documentos tipo para obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico

Fragmentos citables
Los documentos tipo son instrumentos que buscan desarrollar medidas de fortalecimiento, eficiencia y transparencia para realizar y aprovechar las grandes inversiones en materia de infraestructura de agua potable y saneamiento básico que se realizan o se realizarán en el país. En este sentido, estos documentos tipo tienen por objetivo una tipología contractual específica: la obra pública y, concretamente, para los proyectos de infraestructura de agua potable y saneamiento básico que se celebren bajo la modalidad de licitación pública.
Define el propósito y alcance general de los documentos tipo, estableciendo su naturaleza como instrumentos de contratación pública para obras de infraestructura de agua potable y saneamiento básico en licitaciones.
existen varios criterios para determinar si procede de forma obligatoria la contratación de una actividad mediante los documentos tipo, a saber: i) que se trate de una obra pública de infraestructura de agua potable y saneamiento básico, cuyo proceso de selección se adelantará en la modalidad de licitación pública; ii) que el contrato se rija por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública; y iii) que el objeto a contratar esté asociado a alguno de los tipos de obra y actividades señaladas en la «Matriz 1 – Experiencia». La coexistencia de tales condiciones hace obligatoria la aplicación de los documentos tipo.
Establece los tres requisitos cumulativos que activan la obligatoriedad de aplicar los documentos tipo, siendo clave para determinar su ámbito de aplicación.
Bajo esta actividad se incluyen todos aquellos proyectos de obra nueva, referidos a la construcción de acueductos y/o alcantarillado, así como las obras complementarias ligadas a la construcción de estos. En este contexto, se entiende por obras complementarias aquellas que se agregan al alcance inicial del objeto y contribuyen al mejor funcionamiento y adecuación del bien para el cual se construye. Esto significa que las obras complementarias se tratan también de actividades de obras que se dan en el marco del proyecto general y son conexas al mismo, esto es, de la construcción de acueductos y/o alcantarillado, como, por ejemplo, un pozo de inspección o una estación de bombeo ligado a la construcción del alcantarillado en principio inexistente.
Explica el alcance del numeral 1.1 de la «Matriz 1 – Experiencia», incluyendo ejemplos concretos de obras complementarias que deben considerarse dentro de la actividad de construcción de acueductos y/o alcantarillados.
el numeral 1.2. de la «Matriz 1 – Experiencia», que establece como actividad a contratar los «proyectos de optimización y/o mejoramiento y/o rehabilitación y/o reforzamiento y/o reconstrucción y/o reposición de acueductos y/o redes de acueducto y/o alcantarillados y/o redes de alcantarillado (urbanos y/o rurales)». Dichos proyectos también se desarrollan en el marco de un contrato de obra pública, no obstante, suponen trabajos sobre un acueducto o alcantarillado ya existente, de manera que las actividades de obra de infraestructura de agua potable y saneamiento básico que tengan por objeto lo anterior, deberán también aplicar los documentos tipo.
Precisa el contenido del numeral 1.2 de la matriz, que regula las intervenciones sobre infraestructuras existentes, y su obligatoriedad bajo los documentos tipo.
MateriasAgua Potable Y Saneamiento Básico · Documentos Tipo · Licitación Pública · Obra Pública · Matriz de experiencia · Contratación estatal · Aplicación · Mejoramiento · Reforzamiento
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1629921178015-C-325.docx
Documentos relacionados

Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-325 de 2021
NúmeroP20210525004518
Fecha del documento8 de julio de 2021
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 641d7a9bb1eb….

La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.

Aviso de responsabilidad

Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.

Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.

Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.

Escríbanoscontacto@nameabogados.com