Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Competencia consultiva de Colombia Compra Eficiente sobre publicidad en SECOP II y restricciones electorales para empresas de servicios públicos

P20230628012762 · 11 de agosto de 2023

EpígrafeCompetencia consultiva de Colombia Compra Eficiente sobre publicidad en SECOP II y restricciones electorales para empresas de servicios públicos
Resumen

El documento, emitido por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance del deber de publicidad de la información contractual en el SECOP II para entidades estatales exceptuadas del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (EGCAP), con énfasis en empresas de servicios públicos domiciliarios. Fija la posición de que estas entidades, independientemente de su régimen contractual especial (derecho privado o excepciones al EGCAP), deben publicar todos los documentos relacionados con su actividad contractual en el SECOP II, sin excepciones por su naturaleza u objeto, conforme al artículo 53 de la Ley 2195 de 2022. Además, precisa que el principio de máxima publicidad, consagrado en la Ley 1712 de 2014, aplica a estas entidades como sujetos obligados, incluyendo la obligación de publicar información contractual en la plataforma. También aborda las restricciones de la Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías Electorales) para empresas de servicios públicos, señalando que sus gerentes o directores no pueden celebrar convenios interadministrativos para ejecución de recursos públicos durante los cuatro meses previos a elecciones. La entidad aclara que su competencia se limita a interpretar normas generales, sin resolver casos particulares ni validar actuaciones administrativas.

Problema jurídico

Determinar si los contratos suscritos antes de la entrada en vigencia del artículo 53 de la Ley 2195 de 2022 deben publicarse en SECOP II y si las empresas de servicios públicos mixtas están sujetas a las restricciones electorales de la Ley 996 de 2005 para celebrar convenios interadministrativos

Fragmentos citables
La competencia de esta entidad se fija con límites claros, con el objeto de evitar que la Agencia actúe como una instancia de validación de las actuaciones de las entidades sujetas a la Ley 80 de 1993 o de los demás participantes de la contratación pública. Esta competencia de interpretación de normas generales, por definición, no puede extenderse a la resolución de controversias, ni a brindar asesorías sobre casos puntuales.
Establece el alcance de la competencia de Colombia Compra Eficiente, delimitando su rol como orientador de normas generales y excluyendo su intervención en casos concretos o controversias.
El artículo 53 de la Ley 2195 de 2022 establece el deber de publicar toda aquella información relacionada con el respectivo contrato, sin incluir ninguna excepción relacionada con la naturaleza u objeto contractual, por lo que no puede colegirse que los procesos de contratación relacionados con asuntos “no misionales” estén per se excluidos del deber de publicidad.
Define el alcance del deber de publicidad en el SECOP II para entidades exceptuadas del EGCAP, señalando que no hay excepciones por la naturaleza del contrato.
Por lo anterior, en el caso de empresas de servicios públicos conviene señalar que los gerentes o directores de aquellas, indistintamente de si son oficiales, mixtas o privadas, del orden municipal, departamental o distrital, son destinatarios de la restricción prevista en el parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005, lo que equivale a decir que, dentro de los cuatro (4) meses anteriores a las elecciones, no pueden celebrar convenios interadministrativos para la ejecución de recursos públicos.
Precisa las restricciones electorales aplicables a las empresas de servicios públicos, destacando la prohibición de celebrar convenios interadministrativos con recursos públicos en periodos preelectorales.
MateriasColombia Compra Eficiente · Empresas De Servicios Públicos Domiciliarios · Empresas Prestadoras De Servicios Domiciliarios · Ley 2195 De 2022 · Secop Ii · Derecho privado · Ley 1150 de 2007 · Ley 996 de 2005 · Restricciones electorales · Contratación estatal · Deber de publicidad
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1710551203316-C-326.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-326 de 2023
NúmeroP20230628012762
Fecha del documento11 de agosto de 2023
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: ac25edb369a3….

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