Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Concepto sobre firmeza, renovación y efectos del Registro Único de Proponentes (RUP)
2202013000004261 · 27 de mayo de 2020Contratación estatalrequisitos habilitantesselección objetivacausales de rechazo en pliegos tipofirmeza del acto administrativorenovación del registro único de proponentescontratación estatalColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Concepto sobre firmeza, renovación y efectos del Registro Único de Proponentes (RUP) |
|---|---|
| Resumen | Este documento, emitido por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre los requisitos de firmeza del Registro Único de Proponentes (RUP) para participar en procedimientos de selección estatal. Fija la posición de que la inscripción, renovación o actualización del RUP debe estar en firme para que el proponente pueda acreditar su capacidad jurídica, técnica, financiera y organizacional, salvo excepciones legales. Precisa que, en caso de renovación presentada dentro del plazo legal (antes del quinto día hábil de abril o julio de 2020 por emergencia sanitaria), el proponente puede usar la información antigua vigente hasta la firmeza del nuevo registro. Señala que la firmeza del acto administrativo es condición de ejecutoriedad y que su falta impide participar en procesos de selección, salvo en casos específicos como contratación directa o mínima cuantía. Además, establece los documentos válidos para acreditar el trámite de renovación en curso. |
| Problema jurídico | Determinar si la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente tuvo en cuenta pronunciamientos jurisprudenciales para establecer las causales de rechazo F y G en los pliegos tipo de selección abreviada de menor cuantía y qué documentos puede presentar un proponente para acreditar que la renovación del RUP se encuentra en trámite y se realizó en el plazo legal |
| Fragmentos citables | La persona natural o jurídica podrá presentarse a los procedimientos de selección cuando el acto administrativo que realiza la inscripción del RUP se encuentra en firme, porque es un requisito para las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras con domicilio en Colombia, que aspiran celebrar contratos con las entidades estatales, estar inscritas en él, salvo las excepciones establecidas en la ley. Así pues, la firmeza del RUP es una condición de ejecutoriedad, para consolidar los efectos del acto administrativo de inscripción. Tratándose del trámite de renovación, la persona que haya presentado la información para renovar su registro dentro de los primeros cinco días hábiles del mes de abril, cumpliendo con el requisito establecido en el artículo 2.2.1.1.1.5.1., puede participar en los procedimientos de selección, debiéndose tener en cuenta la información «antigua»; de manera que en el período comprendido entre el momento de la solicitud de renovación y el momento de la firmeza de la nueva información, se permite que emplee la información del RUP que está en firme antes de iniciar el trámite de renovación, cuyos efectos no han cesado y se encuentra vigente. |
| Materias | Requisitos Habilitantes · Selección Objetiva · Causales de rechazo en pliegos tipo · Firmeza del acto administrativo · Renovación del registro único de proponentes · Contratación estatal |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/C-330-de-2020.docx |
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