Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Puntaje adicional por vinculación de personas en condición de discapacidad
2202013000005631 · 30 de junio de 2020Contratación estatalautorizacionesdecreto 392 de 2018personas con discapacidaddecreto 491 de 2020emergencia sanitaria covid-19puntaje adicionalcontratación estatalcertificadoslicenciaspermisospersonas en condición de discapacidadampliaciónforma de acreditaciónvigenciaColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Puntaje adicional por vinculación de personas en condición de discapacidad |
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| Resumen | Este documento, expedido por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de los requisitos para acreditar el personal en condición de discapacidad en procesos de contratación estatal, específicamente en relación con la vigencia del certificado expedido por el Ministerio del Trabajo. Fija la posición de que el certificado debe encontrarse vigente a la fecha de cierre del proceso de selección, sin que la ampliación de vigencia prevista en el Decreto 491 de 2020 modifique este requisito, salvo que el Ministerio del Trabajo confirme que el trámite de renovación no pudo realizarse durante la emergencia sanitaria. Además, precisa que el puntaje adicional solo puede asignarse si se cumplen los requisitos establecidos en el Decreto 392 de 2018, sin que la emergencia sanitaria por COVID-19 justifique la presentación de certificados vencidos. También aclara que las entidades no pueden modificar vía pliego de condiciones el requisito de vigencia del certificado. |
| Problema jurídico | Incentivos en procesos de contratación en favor de personas con discapacidad y ampliación de vigencia de certificados durante emergencia sanitaria |
| Fragmentos citables | Conforme a lo establecido en el artículo 2.2.1.2.4.2.6. adicionado por el artículo 1 del Decreto 392 de 2018 el certificado de personal en condición de discapacidad deberá encontrarse vigente a la fecha del cierre del proceso de contratación. No existe ningún fundamento normativo que permita asignar puntaje adicional a un proponente que presente un certificado de personal en condición de discapacidad vencido, pues, de acuerdo con la normatividad citada en la parte considerativa del presente concepto, este se debe encontrar vigente. No se entiende modificado, pues una vez evidenciadas y verificadas las condiciones enunciadas en el numeral 2.3 de la parte considerativa del presente concepto, la entidad contratante deberá verificar, en cada caso puntual, si la certificación es cobijada por la ampliación de vigencia, sin que ello implique una modificación al numeral 2 del artículo 2.2.1.2.4.2.6. del Decreto 1082 de 2015, adicionado por el artículo 1° del Decreto 392 de 2018. Las entidades solo pueden otorgar puntaje a los proponentes que presenten el certificado de personal en condición de discapacidad vigente a la fecha del cierre del proceso de contratación conforme a lo establecido en el artículo 2.2.1.2.4.2.6. adicionado por el artículo 1 del Decreto 392 de 2018. |
| Materias | Autorizaciones · Decreto 392 De 2018 · Personas Con Discapacidad · Decreto 491 de 2020 · Emergencia sanitaria covid-19 · Puntaje adicional · Contratación estatal · Certificados · Licencias · Permisos · Personas En Condición De Discapacidad · Ampliación · Forma de Acreditación · Vigencia |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1597255664801-C-356-de-2020.docx |
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Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 6cd5c3db5a8c….
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