Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Certificado de disponibilidad presupuestal – deber de elaboración – obligación de las entidades públicas – etapa precontractual

1_2026_03_04_003070 · 16 de abril de 2026

EpígrafeCertificado de disponibilidad presupuestal – deber de elaboración – obligación de las entidades públicas – etapa precontractual
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre la obligación de expedir el certificado de disponibilidad presupuestal (CDP) en los procesos de contratación estatal. Fija la posición de que las entidades públicas deben contar con el CDP antes de iniciar cualquier proceso de selección del contratista, ya sea en licitaciones públicas, selección abreviada, concurso de méritos o contratación directa, como garantía del principio de legalidad del gasto público y de economía. La norma establece que las entidades solo podrán abrir licitaciones o iniciar procesos contractuales cuando existan partidas presupuestales disponibles, lo que implica que el CDP debe expedirse con anterioridad a la apertura formal del proceso o al inicio de la negociación en contratación directa. Además, se precisa que esta obligación no se extiende a etapas preparatorias como la publicación de estudios previos o proyectos de pliego, pero sí es exigible antes de la expedición del acto administrativo de apertura. El documento también advierte que el análisis de casos concretos corresponde a las entidades o autoridades competentes, sin que este concepto constituya una validación de actuaciones específicas.

Problema jurídico

¿Es jurídicamente viable que una entidad estatal adelante un proceso de licitación pública sin contar previamente con certificado de disponibilidad presupuestal ni presupuesto oficial asignado?

Fragmentos citables
Esto implica que, en los procesos de licitación pública, selección abreviada y concurso de méritos, las entidades deben contar con el CDP antes de la expedición del acto administrativo de apertura formal del proceso. En la contratación directa, deben expedir el CDP antes del momento en que inicie el proceso de negociación con el futuro contratista.
Explica la aplicación concreta de la regla según la modalidad de contratación, diferenciando entre procesos competitivos y contratación directa.
En virtud de la expedición del certificado de disponibilidad presupuestal la entidad imprime fe de que existen los fondos necesarios para contraer determinadas obligaciones. Sin embargo, en virtud del certificado no se afecta de manera inmediata la respectiva apropiación, simplemente la aparta de forma transitoria mientras se lleva a cabo el perfeccionamiento del compromiso presupuestal, lo cual se logra a través del registro presupuestal.
Destaca la función del CDP como garantía de recursos sin afectar aún la apropiación presupuestal, aclarando su alcance temporal y jurídico.
De acuerdo con lo expuesto, esta Agencia ha sostenido la postura de que la expedición del certificado de disponibilidad presupuestal se debe realizar con anterioridad al momento de apertura del proceso de selección o previo a iniciar el proceso de negociación con el futuro contratista en el caso de la contratación directa. Lo anterior, con el fin de que los recursos del Estado se administren con responsabilidad y evitar que se adelanten procesos sin contar con los recursos necesarios para ejecutar el contrato.
Resume la posición consolidada de la entidad sobre la obligatoriedad del CDP, vinculada a los principios de legalidad del gasto y economía.
MateriasCertificado De Disponibilidad Presupuestal · Licitación Pública · Principio De Economía · Principio de legalidad del gasto público · Contratación estatal · Deber de elaboración · Etapa precontractual · Obligación de las entidades públicas
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/04/C-361.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-361 de 2026
Número1_2026_03_04_003070
Fecha del documento16 de abril de 2026
Fecha de publicación16 de abril de 2026
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 7d0f343f611c….

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