Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Sociedades de economía mixta y empresas industriales y comerciales del Estado: régimen jurídico y contratación interadministrativa
P20230728013734 · 12 de septiembre de 2023Contratación estatalempresas industriales y comerciales del estadocontratación estatalsociedad de economía mixtaColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Sociedades de economía mixta y empresas industriales y comerciales del Estado: régimen jurídico y contratación interadministrativa |
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| Resumen | El documento conceptúa sobre la naturaleza jurídica y el régimen de contratación aplicable a las sociedades de economía mixta y a las empresas industriales y comerciales del Estado (EICE), así como sobre la figura del contrato interadministrativo. Fija la posición de que las sociedades de economía mixta con participación estatal superior al 50% se rigen por el Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (EGCAP) cuando no desarrollan actividades en competencia con el sector privado o en mercados regulados, mientras que las EICE, salvo excepciones, están sometidas al EGCAP, aunque pueden regirse por derecho privado en ciertos casos. Respecto a los contratos interadministrativos, precisa que estos son acuerdos entre entidades públicas para cumplir fines estatales y pueden celebrarse de manera directa si las obligaciones guardan relación con el objeto de la entidad ejecutora, salvo las excepciones legales, como cuando la ejecutora sea una sociedad de economía mixta con participación mayoritaria del Estado en contratos de obra, suministro, evaluación de conformidad, encargos fiduciarios o fiducia pública. Además, señala que estos contratos no se rigen exclusivamente por derecho civil o comercial, sino que aplican principios de función administrativa, gestión fiscal e inhabilidades e incompatibilidades de la contratación estatal. |
| Problema jurídico | Determinar la viabilidad jurídica de celebrar un contrato interadministrativo de encargo fiduciario o fiducia pública en forma directa entre una sociedad de economía mixta con participación mayoritaria del Estado y una empresa industrial y comercial del Estado, ambas con participación estatal superior al 50%. |
| Fragmentos citables | las sociedades de economía mixta están sometidas a un régimen jurídico compuesto por un conjunto normativo de derecho público y de derecho privado; el primero, derivado directamente de la Constitución Política y referido a aspectos como su creación, autorización, organización y funcionamiento internos. Y el segundo destinado a regir el desarrollo de la actividad económica de cada sociedad. las sociedades de economía mixta sometidas al EGCAP son aquellas en las que el aporte del Estado es superior al cincuenta por ciento (50%) y además las actuaciones que adelantan no se encuentran en competencia con el sector privado o público, nacional o internacional o en mercados regulados. el contrato o el convenio interadministrativo es el acuerdo donde concurre la voluntad de dos o más personas jurídicas de derecho público con la finalidad de cumplir, en el marco de sus objetivos misionales y sus competencias, con los fines del Estado. |
| Materias | Empresas Industriales Y Comerciales Del Estado · Contratación estatal · Sociedad De Economía Mixta |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1697649930921-C-369.docx |
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