Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Régimen contractual de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado (EICE) y principios aplicables

1_2026_03_05_003138 · 7 de abril de 2026

EpígrafeRégimen contractual de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado (EICE) y principios aplicables
Resumen

El documento conceptúa el régimen jurídico aplicable a las Empresas Industriales y Comerciales del Estado (EICE) en materia de contratación, precisando su naturaleza como entidades descentralizadas por servicios sujetas a un régimen especial que combina normas de derecho privado con limitaciones de derecho público. Fija la posición de que, aunque las EICE desarrollan su actividad contractual bajo el derecho privado, deben observar principios de la función administrativa, gestión fiscal, inhabilidades e incompatibilidades, y publicar toda la documentación contractual en el SECOP II, salvo excepciones constitucionales o legales. Además, señala que los manuales de contratación de estas entidades deben incorporar disposiciones sobre principios transversales del sistema de compra pública, uso de plataformas oficiales, promoción de Mipymes, análisis sectorial y factores de desempate, sin perjuicio de su autonomía para definir procedimientos competitivos o no competitivos. También conceptúa que las EICE no están obligadas a implementar documentos tipo para su giro ordinario, salvo que sus manuales internos así lo dispongan, y que la estructura y detalle de estos instrumentos es de libre configuración, dentro de los límites legales.

Problema jurídico

Determinar el marco normativo aplicable al régimen de contratación de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado (EICE) y la obligatoriedad de publicar su actividad contractual en el SECOP II

Fragmentos citables
Las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, como entidades de régimen especial están facultadas legalmente para aplicar reglas distintas a las establecidas en la Ley 80 de 1993 y sus normas complementarias, su régimen contractual estará definido en la norma que crea el régimen especial y será desarrollado en el manual de contratación de la respectiva entidad, con el fin de que se puedan identificar las reglas que aplican en la contratación. No obstante, la sujeción al derecho privado no significa que no deban sujetarse a mandatos y obligaciones del derecho público, tal como está regulado en el artículo 13 de la Ley 1150 de 2007.
Establece el núcleo de la posición jurídica: autonomía de las EICE en su régimen contractual bajo derecho privado, pero con límites de derecho público.
En este aspecto, debe acudirse al parágrafo del artículo 56, la cual implica que las instituciones de educación superior públicas, las empresas sociales del Estado, las sociedades de economía mixta y las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, no tendrán que implementar documentos tipo únicamente para la contratación relacionada con el giro ordinario de sus asuntos, salvo que los manuales internos de contratación de estas entidades dispongan la obligación de tener en cuenta los documentos tipo como una buena práctica contractual.
Define la excepción a la obligatoriedad de documentos tipo para las EICE en su giro ordinario, salvo regulación interna.
MateriasDocumentos Tipo · Secop Ii · Eice · Principios de la función administrativa · Contratación estatal · Contrato Estatal · Empresas Industriales Y Comerciales Del Estado · Manuales De Contratación · Régimen Excepcional · Alcance · Aplicación · Aplicación de principios · Artículo 13 de la Ley 1150 de 2007 · Artículo 53 de la Ley 2195 de 2022 · Circular Externa 02 de 2024 · Criterios de clasificación · Criterios Metodológicos · Deber de publicidad · Entidad descentralizada por servicios · Justificación · Límites · Naturaleza jurídica · No Aplicación del Artículo 56 de la Ley 2195 de 2022 · Obligatoriedad · Procedimientos Competitivos · Procedimientos no competitivos · Régimen jurídico
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/04/C-370.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-370 de 2026
Número1_2026_03_05_003138
Fecha del documento7 de abril de 2026
Fecha de publicación8 de abril de 2026
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 093efd331d1d….

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