Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Respuesta a consulta sobre factores de calidad en Documentos Tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte – Versión 2

2202013000005261 · 23 de junio de 2020

EpígrafeRespuesta a consulta sobre factores de calidad en Documentos Tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte – Versión 2
Resumen

Este concepto de la Agencia Nacional de Contratación Pública − Colombia Compra Eficiente fija la posición interpretativa sobre el alcance de los factores de calidad en los Documentos Tipo Versión 2 para licitación de obra pública de infraestructura de transporte, específicamente en relación con las cuadrillas de trabajo adicional, el mantenimiento rutinario adicional y las garantías suplementarias. El documento precisa que los oferentes tienen autonomía para definir el número de cuadrillas, su conformación y el plazo de mantenimiento adicional, sin que las entidades puedan imponer límites o requisitos distintos a los establecidos en los Documentos Tipo. Señala que los ofrecimientos irreales o incumplibles no constituyen causal de rechazo, pues no están previstos en las causales del numeral 1.15 ni encajan en las causales H (información inexacta) o T (propuesta condicionada), al regirse por el principio de buena fe. Además, aclara que la garantía suplementaria puede ser otorgada directamente por el contratista mediante la suscripción del Formato 7D, sin necesidad de respaldo asegurador, y que su vigencia se inicia tras el plazo de garantía legal de estabilidad y calidad de la obra. Finalmente, destaca que el incumplimiento de estos factores de calidad genera multas contractuales según lo pactado en el Anexo 5 de la Minuta del Contrato.

Problema jurídico

Determinación del alcance de la autonomía del oferente en la oferta de factores de calidad (cuadrillas de trabajo adicional, mantenimiento adicional y garantía suplementaria) en los Documentos Tipo de licitación de obra pública de infraestructura de transporte – Versión 2, y análisis de causales de rechazo por ofrecimientos irreales o incumplibles.

Fragmentos citables
El numeral 4.2.5 del Documento Base indica que por cuadrilla de trabajo adicional se entiende el personal obrero adicional para un frente o unidad de trabajo que requiera el proyecto de infraestructura de trabajo, la cual deberá ser de 5 obreros, sin especificar el perfil de quienes lo conformarán. De este modo, el proponente define bajo su autonomía los perfiles de quienes conformarán la cuadrilla de trabajo adicional, ya sea, por ejemplo, 3 maestros y 2 obreros rasos, o 5 obreros rasos; y, por tanto, las entidades no podrán definir estos perfiles en los pliegos de condiciones.
Precisa el alcance de la autonomía del oferente en la conformación de las cuadrillas, incluyendo los perfiles de los trabajadores.
No es posible rechazar la oferta a quien realice ofrecimientos irreales e incumplibles, por ejemplo, ofertar un mantenimiento por 20 años. Lo anterior, toda vez en las causales del numeral 1.15 no está prevista esta causal. Tampoco será posible rechazar la oferta por la causal «H Que el Proponente aporte información inexacta sobre la cual pueda existir una posible falsedad en los términos de la sección 1.11» porque, tal y cómo se explicó en el acápite anterior, en ningún caso el ofrecimiento irreal se encuadra dentro del concepto de información inexacta, además, en virtud del principio de buena fe que debe regir en las etapas contractuales el Estado debe presumir que el oferente va a cumplir con el ofrecimiento realizado.
Explica por qué los ofrecimientos irreales no son causal de rechazo, fundamentándose en la ausencia de previsión normativa y en el principio de buena fe.
MateriasDocumentos Tipo · Cuadrillas de trabajo adicional · Garantía suplementaria · Mantenimiento adicional · Oferta irreal · Principio de buena fe · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/C-375-de-2020.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-375 de 2020
Número2202013000005261
Fecha del documento23 de junio de 2020
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: cfc4d5701dcd….

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