Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Principio de autonomía de las entidades territoriales y facultades de contratación pública

P20240722007516 · 24 de julio de 2024

EpígrafePrincipio de autonomía de las entidades territoriales y facultades de contratación pública
Resumen

Este documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance del principio de autonomía de las entidades públicas en Colombia, específicamente en relación con la exigencia de requisitos adicionales a la factura electrónica y el Registro Único Tributario (RUT) para la contratación estatal. La autoridad fija la posición de que, en desarrollo de su autonomía administrativa y contractual, las entidades públicas pueden determinar la exigibilidad de una certificación expedida por contador público que respalde información tributaria, siempre que esta no sea redundante con los datos ya consignados en el RUT o la factura electrónica, los cuales son documentos oficiales emitidos por la DIAN. Se precisa que la autonomía no faculta a la entidad para validar actuaciones particulares ni resolver controversias, limitando su competencia a la interpretación de normas generales. Además, se destaca que el RUT y la factura electrónica contienen información suficiente sobre el régimen tributario del contratista, lo que garantiza transparencia y seguridad jurídica en las transacciones.

Problema jurídico

¿Una persona natural debe adjuntar una certificación de un contador que indique su régimen tributario, a pesar de que el RUT y la factura electrónica ya lo indiquen?

Fragmentos citables
En virtud del principio de autonomía las entidades públicas en Colombia tienen la capacidad de tomar decisiones y actuar en el marco de sus competencias, sin necesidad de una intervención directa o control de otras entidades o poderes del Estado, siempre y cuando estas acciones estén alineadas con los principios constitucionales, las leyes y las normativas que rigen su funcionamiento. En efecto, se les concedió a las entidades públicas la capacidad jurídica para llevar a cabo su contratación, lo cual se traduce en que gozan de plena autonomía e independencia para gestionar la satisfacción de sus necesidades en ejecución de la actividad contractual.
Establece el fundamento jurídico del principio de autonomía que sustenta la posición de la entidad sobre la facultad de las entidades públicas para exigir requisitos en la contratación.
Asi las cosas, corresponde a las autoridades administrativas de manera autónoma e independiente, como responsables de sus procedimientos contractuales y conforme a las disposiciones que rigen la contratación estatal, adoptar las decisiones y/o adelantar las actuaciones que estimen pertinentes en el desarrollo de sus procesos de contratación.
Resalta la facultad de las entidades públicas para determinar requisitos en sus procesos contractuales, dentro del marco legal, sin intervención externa.
MateriasAutonomía Contractual · Competencia Consultiva · Principio De Autonomia De Las Entidades Territoriales · Autonomía administrativa · Autonomía financiera · Autonomía normativa · Factura electrónica · Principio de autonomía · Registro único tributario · Contratación estatal · Constitución política
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/10/C-375.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-375 de 2024
NúmeroP20240722007516
Fecha del documento24 de julio de 2024
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 63fc38be460f….

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