Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Convenios de asociación entre entidades públicas y cajas de compensación familiar para programas de atención integral de la niñez y jornada escolar complementaria
P20210623005467 · 11 de agosto de 2021Contratación estatalconvenios de asociaciónconvenios interadministrativosley de garantías electoralescajas de compensación familiarjornada escolar complementariaprogramas de atención integral de la niñezcontratación estatalalcanceaplicaciónartículo 33entidades territorialesfundamento normativoColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Convenios de asociación entre entidades públicas y cajas de compensación familiar para programas de atención integral de la niñez y jornada escolar complementaria |
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| Resumen | El documento, emitido por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance de las restricciones establecidas en la Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías Electorales) aplicables a los convenios de asociación suscritos entre entidades públicas y cajas de compensación familiar para la ejecución de Programas de Atención Integral de la Niñez y Jornada Escolar Complementaria. Fija la posición de que tales convenios no se califican como contratación directa ni como contratos interadministrativos, por lo que no están sujetos a las prohibiciones del artículo 33 (restricción a contratación directa en período preelectoral presidencial) ni del parágrafo del artículo 38 (prohibición de convenios interadministrativos con recursos públicos) de la mencionada ley. Fundamenta esta interpretación en la naturaleza jurídica de las cajas de compensación como personas jurídicas de derecho privado sin ánimo de lucro, reguladas por el artículo 39 de la Ley 21 de 1982, y en el régimen especial del artículo 2.2.7.6.7 del Decreto 1072 de 2015. Además, precisa que estos convenios deben regirse por el procedimiento competitivo del artículo 5 del Decreto 092 de 2017, salvo cuando la caja comprometa recursos iguales o superiores al 30% del valor total del convenio, caso en el cual no se requiere proceso competitivo. |
| Problema jurídico | Determinar si los convenios de asociación entre entidades públicas y cajas de compensación familiar bajo el régimen del artículo 2.2.7.6.7 del Decreto 1072 de 2015 se encuentran restringidos por las prohibiciones de contratación directa y convenios interadministrativos previstas en la Ley 996 de 2005 (Ley de Garantías Electorales) |
| Fragmentos citables | Los convenios de asociación entre las entidades públicas y personas jurídicas privadas como las cajas de compensación familiar, tiene fundamento en el artículo 2.2.7.6.7 del Decreto 1072 de 2015, adicionado por el artículo 7 del Decreto 1729 de 2008. De conformidad con el inciso primero, «Los Programas de Atención Integral de la Niñez y Jornada Escolar Complementaria, se podrán ejecutar mediante convenios de asociación suscritos entre el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar, ICBF, las Cajas de Compensación Familiar, las entidades del nivel nacional, departamental, municipal, las Organizaciones no Gubernamentales de reconocida trayectoria en el tema de primera infancia y de educación, o en general, con entidades públicas y personas jurídicas privadas nacionales o internacionales, idóneas para el desarrollo de los mismos». Por tanto, respecto de los convenios del artículo 2.2.7.6.7 del Decreto 1072 de 2015 entre las entidades estatales y las cajas de compensación, el procedimiento de selección y la tipología contractual corresponde a la del artículo 5 del Decreto 092 de 2017. En esta medida, la prohibición de contratación directa del artículo 33 de la Ley de Garantías aplica únicamente a los procedimientos no competitivos, que son los que implican una contratación directa. |
| Materias | Convenios De Asociación · Convenios Interadministrativos · Ley De Garantías Electorales · Cajas de compensación familiar · Jornada escolar complementaria · Programas de atención integral de la niñez · Contratación estatal · Alcance · Aplicación · Artículo 33 · Entidades territoriales · Fundamento normativo |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1629384013198-C-391.docx |
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