Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Viabilidad jurídica de que un fondo de creación legal asimilable a entidad de economía mixta suscriba contrato de arrendamiento con opción de compra

1_2026_03_11_003440 · 28 de abril de 2026

EpígrafeViabilidad jurídica de que un fondo de creación legal asimilable a entidad de economía mixta suscriba contrato de arrendamiento con opción de compra
Resumen

Este concepto de la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente fija la posición interpretativa sobre la viabilidad jurídica de que un fondo de creación legal, asimilable a una entidad de economía mixta, suscriba un contrato de arrendamiento con opción de compra en calidad de arrendadora. La autoridad conceptúa que, al tratarse de una entidad de régimen especial exceptuada del Estatuto General de Contratación de la Administración Pública (EGCAP), su régimen contractual se rige preeminentemente por el derecho privado, pero debe armonizarse con los principios constitucionales de función administrativa y gestión fiscal, así como con los límites presupuestales y de interés general. No existe una regla automática para estos casos, por lo que cada entidad debe realizar un ejercicio de adecuación normativa caso a caso, considerando formalidades contractuales, planificación plurianual, naturaleza de los bienes y primacía del interés público. La entidad pública definirá en cada procedimiento la forma de adelantar su gestión contractual, sin que la Agencia pueda validar actuaciones específicas ni establecer criterios universales por vía consultiva.

Problema jurídico

Determinar si un fondo de creación legal, asimilable a una entidad de economía mixta, puede celebrar como arrendador un contrato de arrendamiento con opción de compra, conforme a su régimen jurídico y a las reglas sobre manejo de recursos públicos

Fragmentos citables
En consecuencia, en contratos de arrendamiento en los que intervenga una entidad de régimen especial como arrendadora o arrendataria exige un análisis caso a caso que, si bien reconozca las normas establecidas en sus manuales de contratación y la autonomía de la voluntad de las entidades, considere la naturaleza de la actividad de la entidad, las características del bien objeto del contrato y el régimen presupuestal aplicable. Dicho análisis determinará si la situación concreta configura una tensión entre derechos de igual orden, resoluble en los términos previstos en la citada disposición, o si, por el contrario, el derecho individual del arrendatario colisiona con el interés público, caso en el cual su primacía haría improcedente la aplicación del derecho de renovación tácita del contrato.
Este fragmento contiene la regla central del concepto, estableciendo el método de análisis que debe seguir la entidad de régimen especial para evaluar la viabilidad del contrato de arrendamiento con opción de compra.
Así pues, el contrato estatal es el acto jurídico creador de obligaciones en cuya celebración concurre una de las Entidades Estatales, independientemente de que se trate de contratos previstos o tipificados en el derecho privado, en disposiciones especiales o que sencillamente resulten del ejercicio de la autonomía de la voluntad, como sucede con los que se clasifican como atípicos e innominados –artículo 32 de la Ley 80–.
Este fragmento explica la naturaleza jurídica del contrato estatal, incluso cuando se rige por normas de derecho privado, lo que es relevante para entender el alcance de la consulta.
No obstante lo anterior, es claro que existen presupuestos, a los cuales se hizo referencia en este concepto, que la jurisprudencia ha fijado y que pueden guiar a las entidades de régimen especial en este ejercicio de interpretación y armonización. En primer lugar, es necesario considerar los argumentos expuestos por el Consejo de Estado respecto al cumplimiento de las formalidades para la formación y existencia del contrato o de sus modificaciones.
Este pasaje resume los criterios jurisprudenciales que orientan la armonización entre derecho privado y principios constitucionales, fundamentales para la toma de decisiones en estos contratos.
MateriasAutonomía De La Voluntad · Arrendamiento con opción de compra · Entidades de economía mixta · Principios de la función administrativa · Régimen de contratación especial · Contratación estatal · Contrato De Arrendamiento · Egcap · Concepto · Elementos · Integración · Régimen especial · Regulación
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/05/C-404.docx
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Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-404 de 2026
Número1_2026_03_11_003440
Fecha del documento28 de abril de 2026
Fecha de publicación4 de mayo de 2026
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 70bc2371547a….

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