Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Principio de selección objetiva, subsanabilidad de ofertas y causal de rechazo por tachaduras/enmendaduras
P20210630005737 · 13 de agosto de 2021Contratación estatalcausal de rechazopliegos tipoprincipio de selección objetivarequisitos habilitantessubsanabilidad de ofertascontratación estatalsubsanabilidadColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Principio de selección objetiva, subsanabilidad de ofertas y causal de rechazo por tachaduras/enmendaduras |
|---|---|
| Resumen | El documento conceptúa sobre el alcance del principio de selección objetiva en la contratación estatal colombiana y su relación con la subsanabilidad de requisitos en las ofertas, así como con la causal de rechazo por tachaduras o enmendaduras en documentos tipo. Fija la posición de que la selección de contratistas debe fundamentarse exclusivamente en factores objetivos, técnicos, jurídicos y financieros, excluyendo criterios subjetivos, y que la garantía de este principio exige la ausencia total de subjetividad en la evaluación de propuestas. Además, precisa que, por regla general, los defectos o faltas en requisitos habilitantes son subsanables, salvo excepciones como la no entrega de la garantía de seriedad. Respecto a la causal de rechazo por tachaduras o enmendaduras en documentos tipo, señala que estas solo pueden constituir causal de rechazo si afectan documentos necesarios para comparar las propuestas, y que su convalidación debe ajustarse a lo establecido en el pliego de condiciones, interpretándose a la luz del principio de primacía del derecho sustancial sobre las formalidades. También advierte que la aplicación de esta causal no distingue entre requisitos habilitantes o ponderables, por lo que su uso debe ser sistemático y no arbitrario. |
| Problema jurídico | Determinar el alcance de la causal de rechazo por tachaduras o enmendaduras en documentos de oferta y su relación con la subsanabilidad de requisitos no habilitantes |
| Fragmentos citables | Uno de los principios transversales de los procedimientos de selección es el de selección objetiva. Se trata del postulado que exige que la escogencia de la oferta ganadora se debe fundamentar en factores objetivos, de carácter técnico, jurídico y financiero, y no en criterios subjetivos, como el afecto, la amistad, el ánimo de ayuda, el interés personal, etc. por regla general, i) la falta de entrega o ii) los defectos, de los requisitos habilitantes, son subsanables. |
| Materias | Causal De Rechazo · Pliegos Tipo · Principio De Selección Objetiva · Requisitos Habilitantes · Subsanabilidad de ofertas · Contratación estatal · Subsanabilidad |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1634731528074-C-409.docx |
| Documentos relacionados |
|
Acceso al documento
Trazabilidad y verificación
Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: cadefaddef1b….
La copia preservada fue capturada y verificada por Name Abogados a partir de la fuente oficial. Metodología, cobertura y términos de reutilización.
Aviso de responsabilidad
Esta ficha es una herramienta de consulta documental: identifica un documento oficial, lo describe y enlaza a su fuente. No constituye concepto jurídico, asesoría legal ni opinión profesional de Name Abogados, no crea relación abogado-cliente y no sustituye el análisis de un profesional sobre un caso concreto.
Quien la consulta asume el deber de verificar el contenido en la fuente oficial antes de usarlo. El resumen, el problema jurídico y los fragmentos se elaboran con apoyo de herramientas automatizadas sobre el texto oficial y pueden contener errores, omisiones o imprecisiones; en caso de discrepancia prevalece el documento de la fuente oficial, cuyo enlace se publica en esta misma ficha. Corresponde también al consultante comprobar la vigencia del documento, la versión aplicable y su alcance: esta ficha no afirma que el documento se encuentre vigente.
Name Abogados no asume responsabilidad alguna por el uso que se dé a esta información, por las decisiones que se adopten con fundamento en ella, ni por los perjuicios que puedan derivarse de su utilización, interpretación o de la imposibilidad de acceder a ella. La consulta de esta ficha no genera obligación profesional a cargo de la firma.