Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Concepto sobre compras públicas locales de alimentos y proveeduría con pequeños productores

P20230825014516 · 6 de octubre de 2023

EpígrafeConcepto sobre compras públicas locales de alimentos y proveeduría con pequeños productores
Resumen

El documento, emitido por la Agencia Nacional de Contratación Pública - Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance y aplicación de los incentivos y obligaciones en materia de compras públicas de alimentos a pequeños productores locales y de la Agricultura Campesina, Familiar y Comunitaria, regulados en la Ley 1955 de 2019 (artículo 229), la Ley 2046 de 2020 y el Decreto 248 de 2021 (modificatorio del Decreto 1071 de 2015). Fija la posición de que estas normas establecen un mínimo obligatorio del 30% del presupuesto destinado a compras de alimentos que debe adquirirse a pequeños productores locales o de la agricultura campesina, familiar y comunitaria, así como un puntaje adicional del 10% en los procesos de selección para proponentes que superen este mínimo. Además, precisa que las compras locales se entienden como aquellas realizadas en la vereda, municipio, departamento o región donde se ejecutará el contrato, sin que la transformación industrial de los productos por terceros permita homologar estas compras. También señala que el contrato de promesa de proveeduría cumple una función dual: como requisito habilitante y como factor de evaluación para acreditar el cumplimiento de los incentivos. La autoridad aclara que su competencia se limita a interpretar normas generales, sin resolver casos particulares ni controversias, y que la aplicación concreta corresponde a las entidades contratantes y, en su caso, a las autoridades judiciales o disciplinarias.

Problema jurídico

Determinar el alcance de las compras públicas locales de alimentos y la naturaleza del contrato de proveeduría con pequeños productores agropecuarios locales y de la Agricultura Campesina, Familiar y Comunitaria

Fragmentos citables
Las entidades que están sujetas al ámbito de aplicación de esta ley tienen la obligación de adquirir alimentos comprados a pequeños productores agropecuarios locales y/o a productores de la Agricultura Campesina, Familiar o Comunitaria locales y sus organizaciones en un porcentaje mínimo del treinta por ciento (30%) del valor total de los recursos del presupuesto de cada entidad destinados a la compra de alimentos.
Establece el núcleo de la obligación legal sobre el mínimo de compras públicas a pequeños productores locales, base del concepto.
el contrato de promesa de proveeduría tiene una naturaleza dual, pues no solo es un requisito habilitante en los procesos para la adquisición, suministro y entrega de alimentos, sino que también es documento necesario para acreditar uno de los puntajes adicionales previstos en el reglamento citado.
Explica la doble función del contrato de promesa de proveeduría, clave para entender su relevancia en la contratación pública de alimentos.
MateriasDecreto 248 De 2021 · Agricultura campesina familiar y comunitaria · Compra pública de alimentos · Incentivos contractuales · Pequeños productores locales · Proveeduría · Contratación estatal · Ley 1955 de 2019
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1697820349980-C-410.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-410 de 2023
NúmeroP20230825014516
Fecha del documento6 de octubre de 2023
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 064612c01b2a….

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