Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Documentos tipo – capacidad residual – definición y acreditación en procesos de contratación de obra pública
P20240729007776 · 28 de junio de 2024Contratación estatalcapacidad residualcontratos en ejecucióndocumentos tipolicitación públicaguía para determinar y verificar la capacidad residual del proponentesaldos de contratos en ejecucióncontratación estatalcalculo de la capacidad residual del proponentedefiniciónColombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Documentos tipo – capacidad residual – definición y acreditación en procesos de contratación de obra pública |
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| Resumen | La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente conceptúa sobre el alcance de los documentos tipo en materia de capacidad residual para procesos de contratación de obra pública, precisando los criterios para acreditar los saldos de contratos en ejecución. Fija la posición de que los contratos adjudicados, aunque no cuenten con acta de inicio o estén suspendidos, deben incluirse en el formato de contratos en ejecución para calcular la capacidad residual, pues obligan al proponente desde su adjudicación. Fundamenta su postura en la Guía para Determinar y Verificar la Capacidad Residual del Proponente en los Procesos de Contratación de Obra Pública, en el Decreto 1082 de 2015 y en la jurisprudencia del Consejo de Estado, destacando que los contratos en liquidación no se consideran en ejecución. Además, establece que la capacidad residual se calcula con base en los factores de experiencia, capacidad financiera, técnica, de organización y saldos de contratos en ejecución, y que las entidades deben aplicar la metodología definida por Colombia Compra Eficiente para su verificación. |
| Problema jurídico | ¿Para efectos de acreditar la capacidad residual del proponente, se requiere el listado de contratos de obra civiles en ejecución suscritos con entidades estatales y privadas? |
| Fragmentos citables | Los contratos que estén adjudicados deben diligenciarse en el formato de los contratos en ejecución, toda vez que, existe la obligación del adjudicatario de materializar el contrato y por consiguiente tendrá incidencia en su capacidad residual. Así las cosas, para determinar la capacidad residual las entidades estatales deben observar los contratos que el proponente u oferente tenga en estado de ejecución al momento de presentar la oferta. Son los contratos que a la fecha de presentación de la oferta obligan al proponente con Entidades Estatales y con entidades privadas para ejecutar obras civiles, incluyendo la ejecución de obras civiles en los contratos de concesión y los contratos de obra suscritos con concesionarios, incluyendo los contratos suspendidos y aquellos que no tengan acta de inicio. No se entenderán como contratos en ejecución los que se encuentren en liquidación. La Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente expidió la “Guía para Determinar y Verificar la Capacidad Residual del Proponente en los Procesos de Contratación de Obra Pública”. Este documento establece, entre otras cuestiones, que a la entidad contratante le corresponde, primero, establecer la capacidad residual del proceso de contratación –CRPC– y, segundo, determinar si los proponentes cumplen con la capacidad residual del proceso de contratación, de acuerdo con la metodología explicada en dicha guía. |
| Materias | Capacidad Residual · Contratos En Ejecución · Documentos Tipo · Licitación Pública · Guía para determinar y verificar la capacidad residual del proponente · Saldos de contratos en ejecución · Contratación estatal · Calculo de la capacidad residual del proponente · Definición |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/09/C-412.docx |
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Trazabilidad y verificación
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