Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Contratos con ESAL: autorización previa del representante legal y competencia para celebrar contratos de colaboración en entidades territoriales

P20240730007801 · 6 de septiembre de 2024

EpígrafeContratos con ESAL: autorización previa del representante legal y competencia para celebrar contratos de colaboración en entidades territoriales
Resumen

Este concepto de la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente fija la posición interpretativa sobre el alcance de la autorización previa del representante legal de las entidades estatales para celebrar contratos de colaboración con Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL), regulados en el artículo 2 del Decreto 092 de 2017. La autoridad conceptúa que dicha autorización, indelegable y expresa, debe expedirse mediante acto administrativo para cada contrato en particular antes de su celebración, sin extenderse a etapas posteriores como ejecución o liquidación. Además, precisa que, en entidades territoriales, la competencia para celebrar estos contratos corresponde a gobernadores y alcaldes, salvo delegación conforme al artículo 12 de la Ley 80 de 1993. El documento fundamenta su postura en el artículo 355 de la Constitución Política, el Decreto 092 de 2017 y el Estatuto General de Contratación Pública, delimitando su competencia consultiva a interpretaciones generales sin resolver casos concretos.

Problema jurídico

Determinar el alcance de la autorización previa del representante legal para celebrar contratos de colaboración con ESAL según el Decreto 092 de 2017 y la competencia para celebrar dichos contratos en entidades territoriales.

Fragmentos citables
El artículo 355 de la Constitución Política prohíbe a las ramas y órganos del poder público decretar auxilios o donaciones en favor de personas naturales o jurídicas. Igualmente, establece que las entidades del orden nacional, departamental, distrital y municipal podrán, con sus propios recursos, contratar con entidades sin ánimo de lucro – en adelante ESAL – con el fin de impulsar programas y actividades de interés público acordes con el plan nacional y los planes seccionales de desarrollo.
Establece el marco constitucional y legal que justifica la celebración de contratos con ESAL, delimitando su objeto y alcance, base para entender la autorización previa regulada en el Decreto 092 de 2017.
La autorización indelegable del representante legal, ordenada por el enunciado normativo de manera previa, para cada caso concreto, es para “contratar”, es decir, “para cada contrato en particular que la Entidad Estatal planee suscribir”. Dicho aval debe materializarse entonces en un acto administrativo, ya que la autorización es unilateral. Ahora bien, como las normas atributivas de competencia son de interpretación restrictiva, debe entenderse que dicha autorización se requiere de manera previa a la celebración del contrato. No para la suscripción de los actos contractuales o post-contractuales.
Define el carácter, alcance y momento de la autorización previa, diferenciándola de etapas posteriores del proceso contractual, aspecto central del concepto.
En suma, las Entidades Estatales son autónomas en la configuración del proceso competitivo en desarrollo del artículo 5 del Decreto 092 de 2017. En todo caso, el proceso competitivo que definan las Entidades Estatales para sus convenios de asociación debe garantizar la libre concurrencia, la pluralidad de interesados y la comparación objetiva de las ofertas.
Resalta la autonomía de las entidades en el diseño de procesos competitivos para convenios de asociación, con principios rectores que orientan su aplicación práctica.
MateriasAutorización Previa · Artículo 355 de la Constitución Política · Contratación Con Esal · Decreto 092 De 2017 · Artículo 12 de la ley 80 de 1993 · Entidades territoriales · Contratación estatal · Contratos Con Esal · Alcance · Constitución · Delegación contractual · Fundamento
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/09/C-416.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-416 de 2024
NúmeroP20240730007801
Fecha del documento6 de septiembre de 2024
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: dabaabf4fab2….

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