Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Consulta sobre ponderación de oferta económica y factores de calidad en Documentos Tipo

2202013000006046 · 9 de julio de 2020

EpígrafeConsulta sobre ponderación de oferta económica y factores de calidad en Documentos Tipo
Resumen

El documento, emitido por Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre dos aspectos clave de los Documentos Tipo en procesos de contratación pública: i) la ponderación de la oferta económica mediante la Tasa de Cambio Representativa del Mercado (TRM) y ii) los ofrecimientos en el factor de calidad. Respecto al primer punto, fija la posición de que la entidad debe definir el método de ponderación en un mismo día de la apertura del sobre No. 2, usando la TRM del día siguiente si el proceso se adelanta en SECOP I, o la del día de la apertura si se realiza en SECOP II, sin que la suspensión de la audiencia altere lo definido. Sobre el factor de calidad, precisa que los oferentes tienen autonomía para definir el número de meses de garantía adicional, cuadrillas de trabajo o plazo de mantenimiento rutinario según sus capacidades, sin límites impuestos por los documentos tipo, pero que estos compromisos se convierten en obligaciones contractuales exigibles, con sanciones por incumplimiento. Adicionalmente, señala que la entidad no puede limitar discrecionalmente estos ofrecimientos, pero sí establecer multas por su incumplimiento, fundamentadas en el Código Civil y en el Estatuto General de Contratación.

Problema jurídico

Determinar la TRM aplicable para la ponderación de la oferta económica cuando la apertura de sobres económicos se inicia antes de su publicación y si existen límites a los ofrecimientos en factores de calidad (garantía suplementaria, cuadrillas de trabajo adicional, mantenimiento rutinario).

Fragmentos citables
El numeral 4.1.4. del documento base señala las alternativas para escoger el método de ponderación de la propuesta económica. Estas son las siguientes: i) mediana con valor absoluto, ii) media geométrica, iii) media aritmética baja y iv) menor valor. La entidad escogerá uno u otro método de ponderación de acuerdo con la Tasa de Cambio Representativa del Mercado –TRM– del día hábil siguiente al día en que efectivamente sea la apertura del segundo sobre que contiene las ofertas económicas.
Establece la regla central sobre cómo se determina el método de ponderación de la oferta económica, vinculando directamente la TRM con la elección del procedimiento aplicable.
El oferente tiene la libertad y autonomía de ofrecer el número de meses de garantía adicional, el número de cuadrillas de trabajo adicional, o finalmente, definir el término por el cual realiza las labores de mantenimiento rutinario de acuerdo con sus capacidades. Es decir, el documento tipo no limita los ofrecimientos realizados por el oferente. No obstante, en el evento que resulte adjudicatario del proceso de contratación, el compromiso del factor de calidad se convierte en una obligación contractual que es de obligatorio cumplimiento, so pena de activarse las consecuencias asociadas al incumplimiento, incluyendo el uso de facultades sancionatorias de las entidades estatales.
Define la autonomía de los oferentes en los factores de calidad y su transformación en obligaciones exigibles, con consecuencias por incumplimiento.
La imposición de multas tiene fundamento en el artículo 1602 del Código Civil al señalar que todo contrato legalmente celebrado es ley para los contratantes y no puede ser invalidado sino por su consentimiento mutuo o por causas legales. En este sentido, si el oferente realiza un ofrecimiento en el «Factor de calidad» y resulta adjudicatario del procedimiento de contratación, su ofrecimiento se convierte en ley para las partes y por lo tanto es de obligatorio cumplimiento.
Sustenta jurídicamente la exigibilidad de los compromisos en factores de calidad mediante normas civiles y contractuales, reforzando su carácter vinculante.
MateriasSecop Ii · Cuadrillas de trabajo adicional · Factores de calidad · Garantía suplementaria · Mantenimiento rutinario adicional · Ponderación oferta económica · Secop i · Trm · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/C-431-de-2020.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-431 de 2020
Número2202013000006046
Fecha del documento9 de julio de 2020
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: aaa12cbc73ed….

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