Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Documentos tipo de convenios solidarios – generalidades – contratación directa – menor cuantía – organismos de acción comunal

P20240805008015 · 5 de agosto de 2024

EpígrafeDocumentos tipo de convenios solidarios – generalidades – contratación directa – menor cuantía – organismos de acción comunal / ley 2166 de 2021 – organismos de acción comunal – artículo 95 – convenios solidarios – contratación directa – contratos de obra – menor cuantía
Resumen

El documento conceptúa el alcance de los documentos tipo adoptados mediante la Resolución 358 de 2023 de Colombia Compra Eficiente para la contratación directa de convenios solidarios con organismos de acción comunal. Fija la posición de que las opciones para el giro de recursos establecidas en la Cláusula 7 de la Minuta Tipo aplican tanto para convenios solidarios de mínima cuantía como de menor cuantía, siempre que se celebren bajo la modalidad de contratación directa para la ejecución de obras hasta la menor cuantía con estos organismos. La autoridad fundamenta su interpretación en el artículo 95 de la Ley 2166 de 2021 y en el artículo 2.2.15.1.2 del Decreto 1082 de 2015, precisando que los documentos tipo son de obligatorio cumplimiento para las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública. Además, delimita su competencia consultiva, aclarando que no resuelve controversias ni casos particulares, sino que orienta sobre la aplicación de normas generales en materia de compras públicas.

Problema jurídico

Tratándose de los documentos tipo para la contratación directa de convenios solidarios para la ejecución de obras hasta la menor cuantía con organismos de acción comunal, ¿las opciones para el giro de los recursos aplican únicamente en caso de la menor cuantía, o también para la mínima cuantía?

Fragmentos citables
En virtud de lo anterior, la entidad deberá escoger la opción que considere procedente, de acuerdo con las particularidades del convenio. Estas opciones aplican para los convenios solidarios suscritos en el marco de los documentos tipo para la contratación directa de convenios solidarios para la ejecución de obras hasta la menor cuantía con organismos de acción comunal. Por lo tanto, son aplicables cuando se celebren estos convenios por la mínima o la menor cuantía de la entidad.
Establece la regla central del documento: las opciones de giro de recursos son aplicables indistintamente para mínima o menor cuantía en convenios solidarios de obras hasta la menor cuantía.
La “Cláusula 7. Giro de los recursos” de la Minuta Tipo de los documentos tipo en comento establece que la entidad estatal girará los recursos a la cuenta que se constituya a nombre del convenio o al patrimonio autónomo, según corresponda. Para este propósito, se establecen tres (3) opciones, que se detallan en la referida cláusula: i) una cuenta de manejo conjunto a nombre del convenio; ii) un patrimonio autónomo irrevocable constituido por el OAC a nombre del convenio, o iii) una cuenta bancaria a nombre del convenio.
Detalla las tres alternativas de giro de recursos previstas en los documentos tipo, base de la interpretación adoptada.
Esta competencia de interpretación de normas generales, por definición, no puede extenderse a la resolución de controversias, ni a brindar asesorías sobre casos puntuales. Conforme a lo expuesto, en aras de satisfacer el derecho fundamental de petición se resolverá su consulta dentro de los límites de la referida competencia consultiva, esto es, haciendo abstracción de las circunstancias particulares y concretas mencionadas en su petición, pero haciendo unas consideraciones sobre las normas generales relacionadas con el problema jurídico de su consulta.
Define el alcance de la competencia de la entidad y los límites de su respuesta, aclarando que no resuelve casos particulares.
MateriasContratación Directa · Convenios Solidarios · Documentos Tipo · Ley 2166 De 2021 · Organismos De Acción Comunal · Decreto 142 de 2023 · Menor cuantía · Resolución 358 de 2023 · Contratación estatal · Artículo 95 · Contratos de obra · Generalidades
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/10/C-440.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-440 de 2024
NúmeroP20240805008015
Fecha del documento5 de agosto de 2024
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: 40865259e318….

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