Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública

Apostilla y legalización de documentos para contratación estatal

2202013000006585 · 24 de julio de 2020

EpígrafeApostilla y legalización de documentos para contratación estatal
Resumen

El documento conceptúa sobre el régimen jurídico aplicable a la apostilla y legalización de documentos extranjeros en Colombia, así como a la presentación de documentos en idioma diferente al castellano en procesos de contratación estatal. Fija la posición de que solo los documentos públicos expedidos en el exterior requieren apostilla o legalización para ser válidos en el país, según corresponda a la Convención de la Haya de 1961 o a la Convención de Viena de 1963. Precisa que los documentos privados no están sujetos a estos trámites, salvo cuando sean convertidos en públicos mediante autenticación notarial. Además, señala que los documentos en idioma distinto al castellano deben presentarse en su lengua original acompañados de traducción al castellano, pero no exigen traducción oficial ni autenticación notarial de la firma del traductor, salvo cuando el documento traducido deba ser apostillado o legalizado en Colombia para ser válido en el extranjero. Destaca que estos requisitos son independientes de los principios de trato nacional o reciprocidad y se aplican a todos los proponentes, nacionales o extranjeros, en procesos de contratación estatal.

Problema jurídico

Determinar en qué casos deben autenticarse ante notario las traducciones oficiales de documentos expedidos en el exterior que se aportan como parte de una oferta, y si los proponentes deben presentarlas en todos los casos con la firma del traductor autenticada.

Fragmentos citables
La Ley 455 de 1998, «por medio de la cual se aprueba la “Convención sobre la abolición del requisito de legalización para documentos públicos extranjeros”, suscrita en la Haya el 5 de octubre de 1961», establece que la apostilla es un trámite mediante el cual los agentes diplomáticos y consulares certifican la autenticidad de un documento o de una firma para que ostente validez en un país parte del Convenio sobre Abolición del Requisito de Legalización de los Documentos Públicos Extranjeros, de la Conferencia de la Haya de 1961.
Establece el fundamento normativo y conceptual de la apostilla como mecanismo de validación de documentos públicos extranjeros en Colombia.
Por consiguiente, se entiende que todo documento expedido por un funcionario público, en ejercicio de sus funciones o por un particular en el ejercicio de funciones públicas, es un documento público, por lo tanto los documentos públicos expedidos por un país signatario de la Convención de la Haya requieren de apostilla para que sean considerados válidos en Colombia. En cambio, los documentos públicos expedidos por países no signatarios de la Convención, para ser válidos en Colombia, requieren del trámite de legalización.
Define la distinción entre documentos públicos y privados, y los requisitos de apostilla o legalización según el país de origen.
Teniendo en cuenta que el artículo 10 de la Constitución Política señala que el idioma oficial en Colombia es el castellano, se debe entender que todos los documentos que se pretenden valorar y apreciar en el país deben estar traducidos al castellano. En este orden de ideas, los documentos expedidos en idioma diferente al castellano, para que puedan ser apreciados y valorados por la entidad contratante, deben ser presentados en su lengua original junto con la traducción al castellano.
Establece la obligación de presentar documentos en idioma extranjero acompañados de traducción al castellano en procesos de contratación estatal.
Si el documento ya fue apostillado por una autoridad extranjera habrá lugar a la traducción simple del mismo, claro está, si se encuentra en un idioma diferente al castellano, pero no será necesario que se lleve a cabo la traducción oficial y, por ende, tampoco lo será que se autentique la firma del traductor ante notario público.
Precisa las excepciones a la exigencia de traducción oficial y autenticación notarial cuando el documento ya ha sido apostillado en el extranjero.
MateriasN/a · Requisitos Habilitantes · Apostilla · Documentos públicos extranjeros · Legalización de documentos · Traducción de documentos · Contratación estatal
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/C-441-de-2020.docx
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Acceso al documento

Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-441 de 2020
Número2202013000006585
Fecha del documento24 de julio de 2020
Fecha de captura25 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 25 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: aac1cb087d1c….

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