Concepto · Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
Documentos tipo – infraestructura de transporte
30 de junio de 2022Contratación estatalanexo técnicocausales de rechazodocumentos tiposubsanabilidadregla de inalterabilidadcontratación estatalexcepcionesinfraestructura de transportenumeral 1.15Colombia Compra EficienteConcepto
| Epígrafe | Documentos tipo – infraestructura de transporte / regla de inalterabilidad – excepciones / causales de rechazo – carácter taxativo / anexo técnico – características y alcance |
|---|---|
| Resumen | Este documento, expedido por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, conceptúa sobre el alcance y aplicación de los documentos tipo en procesos de contratación de infraestructura de transporte, precisando su obligatoriedad, la regla de inalterabilidad y las excepciones a esta, así como el carácter taxativo de las causales de rechazo y el manejo del Anexo Técnico. La autoridad fija la posición de que los documentos tipo, adoptados mediante resoluciones específicas, son de obligatorio cumplimiento para las entidades estatales, salvo en los aspectos que estos mismos permitan modificar, y que las entidades no pueden incluir o alterar condiciones habilitantes, factores técnicos o sistemas de ponderación distintos a los señalados. Además, conceptúa que las causales de rechazo deben ser las establecidas en los documentos tipo o en la ley, y que el Anexo Técnico, construido por la entidad, define las condiciones técnicas que deben cumplir los proponentes, cuya no observancia puede ser causal de rechazo. También aborda la subsanabilidad de ofertas, destacando que solo pueden rechazarse aquellos requisitos que afecten la asignación de puntaje y que la presentación del Anexo Técnico no es un requisito habilitante para los proponentes, sino un documento que la entidad debe diligenciar. |
| Problema jurídico | Alcance y aplicación de los documentos tipo en obras públicas de infraestructura de transporte, regla de inalterabilidad, causales de rechazo taxativas y subsanabilidad de ofertas |
| Fragmentos citables | Todas las resoluciones expedidas por la Agencia Nacional de Contratación Pública – Colombia Compra Eficiente, mediante las cuales se han adoptado los documentos tipo, consagran la regla de la inalterabilidad. Esta prohibición consiste en que las entidades estatales no pueden incluir o modificar en los Documentos del Proceso las condiciones habilitantes, los factores técnicos y económicos de escogencia y los sistemas de ponderación distintos a los señalados en los documentos tipo. En consecuencia, las condiciones establecidas en los documentos tipo son de obligatorio cumplimiento para las entidades sometidas al Estatuto General de Contratación de la Administración Pública que adelanten procesos que deban regirse por su contenido, y no pueden variarse los requisitos fijados en ellos. Las causales de rechazo que aplican para los procedimientos de infraestructura de transporte de licitación pública, selección abreviada de menor cuantía y la modalidad de mínima cuantía son las establecidas en la ley y las definidas en el numeral 1.15 del documento base o la invitación pública, según corresponda. De igual forma, se rigen por el principio de inalterabilidad, en la medida en que señala: «Las entidades no podrán incluir causales de rechazo distintas a las señaladas en la presente sección». El «Anexo 1» de los documentos tipo contiene los siguientes elementos: i) descripción del proyecto –alcance, sitio de trabajo, ubicación rural o urbana y distancia, entre otros–, ii) descripción obra actual o zona a intervenir –estado del lugar–, iii) principales actividades por ejecutar y alcance –expectativas de la entidad respecto de la contratación y principales ítems de pago–, iv) plazo para la ejecución del contrato –etapas y su inicio, si aplica–, v) forma de pago –anticipos y la justificación de su inclusión o exclusión–, vi) condiciones particulares del proyecto, vii) información sobre el personal profesional –el anexo señala las condiciones que la entidad tendrá en cuenta para analizar la información–, viii) posibles fuentes de materiales para el proyecto, ix) examen del sitio de la obra, x) obras provisionales, xi) señalización, xii) permisos, licencias y autorización –los que sean necesarios para la ejecución de la obra–, xiii) notas técnicas específicas para el proyecto –verificar con la guía de Colombia Compra Eficiente–, y xiv) documentos técnicos adicionales –los que la entidad considere como manuales, guías, apéndices, anexos o similares, requeridos para la ejecución del contrato–. La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas no servirán de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos. En consecuencia, todos aquellos requisitos de la propuesta que no afecten la asignación de puntaje, deberán ser solicitados por las entidades estatales y deberán ser entregados por los proponentes hasta el término de traslado del informe de evaluación que corresponda a cada modalidad de selección, salvo lo dispuesto para el proceso de Mínima cuantía y para el proceso de selección a través del sistema de subasta. |
| Materias | Anexo Técnico · Causales De Rechazo · Documentos Tipo · Subsanabilidad · Regla de inalterabilidad · Contratación estatal · Excepciones · Infraestructura de transporte · Numeral 1.15 |
| Documento oficial | https://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2024/05/1659370302875-C-444.docx |
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