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Ley de Garantías Electorales: convenios interadministrativos y solidarios durante periodos electorales

1_2026_03_18_003809 & 1_2026_03_18_003819 (Acumuladas) · 30 de abril de 2026

EpígrafeLey de Garantías Electorales: convenios interadministrativos y solidarios durante periodos electorales
Resumen

El documento conceptúa que la prohibición establecida en el parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005 sobre la celebración de convenios interadministrativos para la ejecución de recursos públicos durante los cuatro meses previos a elecciones para cargos de elección popular no se extiende a los convenios solidarios suscritos entre entidades estatales y organismos de acción comunal. La posición se fundamenta en que estos últimos no califican como convenios interadministrativos, pues su naturaleza jurídica no implica una contratación entre autoridades del Estado, sino entre una entidad pública y una persona jurídica de derecho privado. No obstante, se precisa que para elecciones presidenciales rige la restricción del artículo 33 de la misma ley, que prohíbe la contratación directa durante el mismo período. La argumentación destaca el criterio orgánico para definir los convenios interadministrativos, basado en que sus extremos deben ser entidades estatales, y excluye de su alcance los convenios solidarios por su finalidad social y comunitaria, así como por la naturaleza de sus partes.

Problema jurídico

Determinar si la prohibición de celebrar convenios y contratos interadministrativos durante la Ley de Garantías Electorales se extiende a los convenios solidarios con Organismos de Acción Comunal

Fragmentos citables
Los convenios o contratos interadministrativos que se restringen en el parágrafo del artículo 38 de la Ley 996 de 2005, son únicamente aquellos en que se dispone la ejecución de recursos públicos, para evitar que mediante la suscripción de estos se comprometa el erario con fines políticos o partidistas.
Establece el alcance material de la prohibición contenida en la norma, delimitando su aplicación a los convenios interadministrativos que impliquen ejecución de recursos públicos.
el contrato o el convenio interadministrativo es el acuerdo donde concurre la voluntad de dos o más personas jurídicas de derecho público con la finalidad de cumplir, en el marco de sus objetivos misionales y sus competencias, con los fines del Estado. Es decir, los contratos o convenios interadministrativos están determinados por un criterio orgánico, pues es necesario que los extremos de la relación contractual sean entidades estatales.
Define el criterio orgánico esencial para identificar los convenios interadministrativos, excluyendo de su alcance a los convenios solidarios por no cumplir con este requisito.
No obstante, lo anterior, es importante precisar que frente a las elecciones presidenciales aplica la restricción consagrada en el artículo 33 de la Ley 996 de 2005, que prohíbe la celebración de contratos de forma directa. En ese sentido, no podría celebrarse un convenio solidario de forma directa durante los cuatro (4) meses anteriores a las elecciones de presidente de la Republica.
Establece la excepción relevante para elecciones presidenciales, donde la restricción de contratación directa sí aplica, incluso a convenios solidarios.
MateriasConvenios Interadministrativos · Convenios Solidarios · Ley De Garantías Electorales · Organismos De Acción Comunal · Restricciones electorales · Contratación estatal · Contratos Y Convenios Interadministrativos · Ley 136 De 1994 · Ley 2166 De 2021 · Ámbito de aplicación · Ámbito temporal · Artículo 95 · Celebración · Contratación directa · Contratos de obra · Criterio · Criterio orgánico · Definición · Finalidad · Límite · Marco normativo · Menor cuantía · Régimen jurídico · Regímenes de contratación · Tipos de restricciones
Documento oficialhttps://relatoria.colombiacompra.gov.co/wp-content/uploads/2026/05/C-451.docx
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Identificación del documento
AutoridadColombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública
FuenteConceptos juridicos - Colombia Compra Eficiente (Relatoria)
Tipo documentalConcepto
ReferenciaC-451 de 2026
Número1_2026_03_18_003809 & 1_2026_03_18_003819 (Acumuladas)
Fecha del documento30 de abril de 2026
Fecha de publicación5 de mayo de 2026
Fecha de captura16 de julio de 2026
Última verificación30 de julio de 2026
Trazabilidad y verificación

Ficha elaborada y mantenida por Name Abogados. Documento oficial de Colombia Compra Eficiente — Agencia Nacional de Contratación Pública. Capturado el 16 de julio de 2026, verificado el 30 de julio de 2026. Hash del original: d3708ffe0940….

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